Convenio específico en materia de transferencia de recursos denominado Oportunidades 2013, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro.

16 de agosto de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8559
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA
SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL
EN SALUD, DR.GABRIEL JAIME O´SHEA CUEVAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO,
M. EN C. ANTONIO CHEMOR RUIZ Y POR EL DIRECTOR GENERAL DEL PROGRAMA OPORTUNIDADES, DR.
DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, Y POR LA OTRA PARTE EL ESTA DO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO SUCESIVO
SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. MARIO CÉSAR GARCÍA FEREGRINO, EN SU
CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO; CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. GERMAN
GIORDANO BONILLA Y EL DR. JORGE RAFAEL ESPINOSA BECERRA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE
PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO DE QUERÉTARO, RESPECTIVAMENTE; A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS
PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 4° el derecho de las personas a la
protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud
y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
II. La Ley General de Salud establece, en su artículo 77 bis 1, el derecho que tienen todos los mexicanos a ser
incorporados al Sistema de Protección Social en Salud sin importar su condición social, entendiéndolo como un
mecanismo para garantizar el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de su utilización y sin
discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisf agan de manera integral las
necesidades de salud.
III. Los recursos federales asignados al Programa de Desarrollo Humano Oportunidades son subsidios federales. Dicho
programa, es un instrumento del Ejecutivo Federal, en el marco de una política social integral, que desarrolla acciones
intersectoriales para la educación, la salud, la alimentación, así como aquellas acciones que promuev an el bienestar
general de las familias que viven en pobreza extrema.
El Componente de Salud del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades opera bajo las estrategias específicas de
proporcionar a los beneficiarios de manera gratuita el Paquete Básico Garantizado de Salud, promover la mejor
nutrición de la población beneficiaria, y fomentar y mejorar el autocuidado de la salud de las familias beneficiarias y de
la comunidad.
DECLARACIONES
I. De “LA SECRETARÍA”:
PERSONALIDAD
1. Que la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud en
términos de los artículos 77 bis 35 de la Ley General de Salud, 2 literal C, fracción XII del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud y 3 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
2. Que el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud tiene la competencia y legitimidad para suscribir el
presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 38, fracción V, del Re glamento Interior de la
Secretaría de Salud; y 6 fracción I del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud,
cargo que quedó debidamente acreditado con nombramiento de fecha 11 de diciembre del 2012, signado por Lic.
Enrique Peña Nieto, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.
FACULTADES
3. Que dentro de las facultades de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, se encuentran las de
instrumentar la política de protección social en salud así como impulsar, coordinar y vincular acciones del Sistema de
Protección Social en Salud con las de otros programas sociales para la atención a grupos indígenas, marginados,
rurales y en general a cualquier grupo vulnerable desde una perspectiva intercultural que promueva el respeto a la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR