Convenio modificatorio al Convenio específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud y por la otra el Estado de Querétaro.

21 de junio de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6349
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECIFICO PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS SUSCRITO EL 15 de Febrero del 2011, QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE
DENOMINARÁ “LA SECRETARÍ A”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. MAURICIO HERNÁNDEZ ÁVILA,
SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. GUSTAVO ADOLFO OLAIZ
FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; LA DRA. CELIA MERCEDES ALPUCHE ARANDA,
DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DEL INSTITUTO DE DIAGNÓSTICO Y REFERENCIA EPIDEMIOLÓGICOS DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL
CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL LIC. FRANCISCO CISNEROS RIVERO, SECRETARIO TÉCNICO DEL
CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD; EL DR. ARTURO CERVANTES TREJO,
SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; LA DRA. OLGA
GEORGINA MARTÍNEZ MONTAÑEZ, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y
SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA MTRA. CELINA ALVEAR SEVILLA,
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DE LAS ADICCIONES; EL
DR. JOSÉ ANTONIO IZAZOLA LICEA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL
CONTROL DEL VIH/SIDA; Y LA DRA. VESTA LOUISE RICHARDSON LÓPEZ-COLLADA, DIRECTORA GENERAL DEL
CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD,
REPRESENTADO POR EL DR. MARIO CÉSAR GARCÍA FEREGRINO, SECRETARIO DE SALUD; EL DR. JESÚS JAVIER
MAGALLANES CAMACHO, COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD, CON LA PARTICIPCION DEL LIC.
JORGE LÓPEZ PORTILLO TOSTADO, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO,
CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 15 de Febrero del 2011, “LA S ECRETAR ÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el Convenio Específico para el
Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, con el objeto de transferir recursos
presupuestales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en
términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación así
como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que se denominará
“CONVENIO PRINCIPAL”.
II. En la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes
acordaron lo que a la letra dice: “…que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por
escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. L as modificaciones al
Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial
de la Federación y en el órgano de difusión oficial de LA ENTIDAD, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su
formalización.”.
III. En la Cláusula NOVENA, denominada VIGENCIA del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra
dice: “El presente Convenio Específico, así como sus anexos, co menzarán a surtir sus efectos a partir de la fecha de
su suscripción y se mantendrán en vigor, según sea el caso, hasta el 31 de diciembre de 2011, o hasta el cumplimiento
de la prórroga a que se refiere el párrafo segundo de la presente Cláusula, de biéndose publicar en el Diario Oficial de
la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su
formalización”.
“Excepcionalmente, en el caso de que por caso fortuito o fuerza mayor se prevea que la ejecución del objeto del
presente instrumento no sea terminado en el ejercicio fiscal correspondiente y, siempre y cuando los recursos
presupuestales convenidos se encuentren debidamente comprometidos antes del 31 de diciembre de ese ejercicio
fiscal, “LA ENTIDAD” podrá prorrogar la terminación de los programas hasta el último día hábil del mes de agosto del
siguiente ejercicio fiscal”.
IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y
órganos desconcentrados a cargo de “LOS PROGRAMAS”, modificar las Cláusulas Primera y Segunda, así como los
Anexos 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos
presupuestarios e insumos federales transferidos a “LA ENTIDAD”.
Pág. 6350 PERIÓDICO OFICIAL 21 de junio de 2013
DECLARACIONES
I. “LA SECRETA RÍA”, por medio de su representante, declara:
I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara:
II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el“CONVENIO PRINCIPAL”.
III. Las partes declaran conjuntamente:
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente
instrumento.
III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y
condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS.
PRIMERA: El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA, así como
los Anexos 2, 3,4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
PRIMERA.-…
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
(Pesos)
No. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN RECURSOS
FINANCIEROS
INSUMOS TOTAL
310 Dirección General de Promoción de la Salud
1 Promoción de la salud: Una nueva cultura 1,974,494.00 370,477.00 2,344,971.00
2 Escuela y Salud 0.00 0.00 0.00
3 Entorno y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00
4 Vete Sano, Regresa Sano 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 1,974,494.00 370,477.00 2,344,971.00
313 Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental
1 Salud Mental 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 0.00 0.00 0.00
314 Secretariado Técnico del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad
1 Atención Integral a la Salud de las Personas con
Discapacidad
0.00 18,652.00 18,652.00
2 Tamíz Auditivo Neonatal e Intervención Temprana 108,645.25 565,500.00 674,145.25
Subtotal: 108,645.25 584,152.00 692,797.25
315 Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes
1 Seguridad Vial 500,000.00 0.00 500,000.00
Subtotal: 500,000.00 0.00 500,000.00
316 Dirección General de Epidemiología
1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 1,595,924.00 0.00 1,595,924.00
2 SINAVE (COMPONENTE DE VIGILANCIA
EPIDEMIOLÓGICA)
2,500,000.00 143,000.00 2,643,000.00
Subtotal: 4,095,924.00 143,000.00 4,238,924.00
K00 Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA
1 VIH/SIDA e ITS 6,100.00 17,523,196.77 17,529,296.77
Subtotal: 6,100.00 17,523,196.77 17,529,296.77
L00 Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva
1 Cáncer de Mama 13,206,523.50 0.00 13,206,523.50
2 Cáncer Cérvicouterino 712,915.84 7,011,745.00 7,724,660.84
3 Arranque Parejo en la Vida 2,355,400.45 1,866,262.94 4,221,663.39
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4 Planificación Familiar y Anticoncepción 873,409.92 2,238,255.00 3,111,664.92
5 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 1,232,724.99 0.00 1,232,724.99
6 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de
Género
2,777,808.00 0.00 2,777,808.00
7 Igualdad de Género en Salud 0.00 3,150.00 3,150.00
Subtotal: 21,158,782.70 11,119,412.94 32,278,195.64
O00 Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
1 Diabetes Mellitus 1,246,644.00 413,557.70 1,660,201.70
2 Riesgo Cardiovascular 1,773,200.00 193,273.41 1,966,473.41
3 Dengue 5,266,497.25 0.00 5,266,497.25
4 Envejecimiento 0.00 53,000.00 53,000.00
5 Tuberculosis 160,000.00 41,166.00 201,166.00
6 Paludismo 0.00 0.00 0.00
7 Rabia y otras zoonosis 0.00 210,270.20 210,270.20
8 Urgencias Epidemiológicas y Desastres 500,000.00 0.00 500,000.00
9 Salud Bucal 0.00 0.00 0.00
10 Cólera 0.00 0.00 0.00
11 Lepra 0.00 0.00 0.00
12 Otras Enfermedades Transmitidas por Vector 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 8,946,341.25 911,267.31 9,857,608.56
R00 Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia
1 Prevención de la Mortalidad Infantil 146,400.00 23,342,906.20 23,489,306.20
Subtotal: 146,400.00 23,342,906.20 23,489,306.20
X00 Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones
1 Prevención y Tratamiento de las Adicciones 2,175,096.00 0.00 2,175,096.00
Subtotal: 2,175,096.00 0.00 2,175,096.00
Total de recursos federales a transferir a "LA ENTIDAD": 39,111,783.20 53,994,412.22 93,106,195.42
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA. Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, el Ejecutivo
Federal transferirá a “LA ENTIDAD”, recursos federales hasta por la cantidad de $93,106,195.42 (noventa y tres
millones ciento seis mil ciento noventa y cinco pesos 42/100 M.N.), con cargo al presupuesto de “L A
SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos financieros que importan un monto de $39,111,783.20 (treinta y nueve millones ciento once mil
setecientos ochenta y tres pesos 20/100 M.N.) se radicarán a LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previ a
a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA
SECRETARÍA”, con la finalidad de que los recursos financieros transferidos y sus rendimientos financieros estén
debidamente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 fracción IX de la Le y Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se transferirán
conforme al calendario establecido en el Anexo 3, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran e l
presente Convenio Modificatorio forma parte integrante de su contexto.
Los recursos federales que transfiera “LA S ECRETAR ÍA” a “LA ENTIDAD”, definidos como insumos por un monto
total de $53,994,412.22 (cincuenta y tres millones novecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos doce pesos
22/100 M.N.) serán entregados directamente a LA SECRETARÍA DE SALUD y serán aplicados, de manera
exclusiva a “LOS PROGRAMAS”, señalados en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento.

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