Convenio modificatorio al Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos número DGPLADES-FOROSSCETR- QRO-01/10, celebrado en fecha 19 de mayo de 2010, entre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y el Ejecutivo del Estado de Querétaro.

22 de octubre de 2010 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8789
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
NÚMERO DGPLADES-FOROSS-CETR-QRO-01/10, CELEBRADO EN FECHA 19 DE MAYO DE 2010, AL QUE EN
ADELANTE SE DENOMINARÁ “EL CONVENIO”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA",
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MAKI ESTHER ORTÍZ DOMÍNGUEZ, EN SU CARÁCTER DE
SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. FRANCISCO
JOSÉ BAÑUELOS TÉLLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y
POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. MARIO CÉSAR GARCÍA FEREGRINO
SECRETARIO DE SALUD Y EL DR. JESÚS JAVIER MAGALLANES CAMACHO EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR
GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. JORGE
LÓPEZ PORTILLO TOSTADO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS CONFORME A
LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Que el Gobierno Federal ha establecido dentro de la Estrategia 10 del Programa Nacional de Salud 2007-2012
“Apoyar la prestación de servicios de salud”, mediante el desarrollo de la infraestructura y el equipamiento
necesarios, buscando contribuir a lograr elevar el nivel de salud de la po blación, reducir las desigualdades en salud
con servicios de calidad y seguridad, impulsar la dignificación y mantenimiento de la infraestructura y equipo de las
unidades de salud.
II. Con fecha 19 de enero de 2010, “LA ENTIDAD”, y “LA SECRET ARÍA” celebraron el Acuerdo Marco de
Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de
servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de lo s
cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos
presupuestarios federales, insumos y bienes a “LA ENTIDAD”, para coordinar su participación con el Ejecutivo
Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.
III. Que en fechas 17 y 19 de mayo de 2010 “LA ENTIDAD” y “LA SECRETAR ÍA”, respectivamente, celebraron el
Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos, número DGPLADES-FOROSS-CETR-QRO-01/10,
con el objeto transferir recursos presupuestales federales a “LA ENTIDAD”, por un monto de $190’500,000.00
(Ciento noventa millones quinientos mil pesos 00/100 M.N), para coordinar su participación con el Ejec utivo Federal,
en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, Fortalecer la Infraestructura
de los Servicios de Salud en el Estado de Querétaro y de manera particular para la obra y equipamiento para Centros
de Salud y Hospitales Generales, de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, los cuales forman parte
integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los com promisos que
sobre el particular asumen “LA ENTIDAD” y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de
su ejercicio.
IV. Que en la Cláusula CUARTA.- APLICACIÓN.- de “EL CONVENIO” se dispuso que: “Los recursos presupuestarios
federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláus ula Segunda de este Instrumento, se destinarán en
forma exclusiva a Fortalecer la Infraestructura de los Servicios de Salud en el Estado de Quer étaro y de manera
particular para la obra y equipamiento para Centros de Salud y Hospitales Generales”.
V. Que en el primer párrafo de la Cláusula DÉCIMA de “EL CONVENIO” las partes acordaron: “…que el presente
Convenio podría modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la
fecha su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “L A
ENTIDAD” dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización”.
VI. En la Cláusula NOVENA de “EL CONVENIO” se estableció que “EL CONVENIO” comenzaría a surtir sus efectos a
partir de la fecha de su suscripción por parte de “LA SECRETARÍA” y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento
de su objeto, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órg ano de difusión oficial de “LA
ENTIDAD” dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
VII. Que por oficio número DP/SEOP/184/2010 de fecha 15 de julio de 2010, suscrito por el Dr. Mario Cesar García
Feregrino, en su carácter de Secretario de Salud del Estado de Querétaro, solicita a la Dirección General de
Planeación y Desarrollo en Salud, que dentro del marco del Convenio Específico en Materia de Transferencia de

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