Convenio de coordinación para la operación del Programa de Apoyo al Empleo en el marco del Servicio Nacional de Empleo que celebran, por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, por la otra, el Gobierno del Estado de Querétaro.

26 de agosto de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10553
PODER EJECUTIVO
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO QUE,
EN EL MARCO DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, EN ADELANTE LA
"SECRETARÍA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MTRO. JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA Y,
POR LA OTRA, EL ESTADO DE QUERÉTARO, EN ADELANTE DENOMINADO "EL ESTADO",
REPRESENTADO POR FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN, GOBERNADOR DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, CON LA ASISTENCIA DEL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO, JUAN
MARTÍN GRANADOS TORRES; LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
DEL PODER EJECUTIVO, JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA; Y EL SECRETARIO DEL TRABAJO DEL
PODER EJECUTIVO, JOSÉ LUIS AGUILERA RICO; A QUIENES SE LES DENOMINARÁ CONJUNTAMENTE
COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El artículo 123 primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que
toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil y que, al efecto, se promoverá la creación de
empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
II. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal determina en su artículo 40, fracción VII,
que corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social establecer y dirigir el Servicio
Nacional de Empleo y vigilar su funcionamiento.
III. Conforme a lo dispuesto en el artículo 537, fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, el
Servicio Nacional de Empleo tiene, entre otros objetivos, estudiar y promover la operación de políticas públicas
que apoyen la generación de empleos y promover y diseñar mecanismos para el seguimiento a la colocación de
los trabajadores.
IV. En términos de lo establecido en los artículos 538 y 539 de la Ley Federal del Trabajo y 14, fracción I del
Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Coordinación General del Servicio
Nacional de Empleo (en adelante CGSNE), es la Unidad Administrativa encargada de coordinar la operación del
Servicio Nacional de Empleo en los términos que establece la propia ley y reglamento en cita.
V. El Programa de Apoyo al Empleo (en adelante PAE), es un instrumento cuyo objetivo es promover
la colocación de buscadores de empleo en un puesto de trabajo o actividad productiva, mediante la prestación
de servicios o apoyos económicos o en especie para capacitación, autoempleo, movilidad laboral y apoyo a
repatriados.
VI. Las Reglas de Operación del PAE (en adelante "Reglas"), publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 27 de diciembre de 2015, establecen que la coordinación de actividades, entre el Ejecutivo Federal por
conducto de la "SECRETARÍA" y los gobiernos de las entidades federativas, se formaliza mediante la
suscripción de Convenios de Coordinación, en los cuales se establecen los compromisos que asumen "LAS
PARTES" para su operación.
DECLARACIONES
I. La "SECRETARÍA" declara que:
I.1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y
537, 538 y 539 de la Ley Federal del Trabajo, es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene, entre
otras atribuciones, las siguientes:
a) Establecer y dirigir el Servicio Nacional de Empleo y vigilar su funcionamiento;
b) Practicar estudios para determinar las causas del desempleo y del subempleo de la mano de obra
rural y urbana;
c) Orientar a los buscadores de empleo hacia las vacantes ofertadas por los empleadores con base a su
formación y aptitudes, y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR