Convenio de colaboración para el cobro de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, que celebra el Estado de Querétaro y el Municipio de Tolimán, Qro.

27 de mayo de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6799
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR JUAN MARTÍN GRANADOS TORRES, SECRETARIO DE
GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA,
SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”,
Y POR LA OTRA EL MUNICIPIO DE _TOLIMÁN_, QRO., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC.
LUIS RODOLFO MARTÍNEZ SÁNCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE TOLIMÁN, QRO., CON LA
PARTICIPACIÓN DE LA PROFRA. MA. ESTHER RINCÓN DE SANTIAGO, SÍNDICO MUNICIPAL Y EL C.P.
DANIEL ÁLVAREZ VELÁZQUEZ, TITULAR DE LA DEPENDENCIA ENCARGADA DE LAS FINANZAS
PÚBLICAS MUNICIPALES, EN LO SUCESIVO “EL MUNICIPIO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNT A SE
LES DENOM INARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
1. En fecha 29 de julio del 2015, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal por conducto
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Querétaro, en lo subsecuente el “CONVENIO
DE COLABORACIÓN”, publicación que también se realizó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado
de Querétaro “La Sombra de Arteaga” el 03 de agosto de 2015.
2. Conforme a lo dispuesto por la fracción V de la Cláusula Segunda del “CONVENIO DE COLABORACIÓN”
el Estado y la Federación han acordado coordinarse en materia de las multas impuestas por autoridades
administrativas federales no fiscales, asumiendo el Estado las facultades previstas en la Cláusula Décima
Cuarta del referido instrumento.
3. Asimismo, a través de la mencionada Cláusula Décima Cuarta, el Estado convino con la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, que ejercerá a través de las autoridades fiscales municipales, cuando así lo
acuerden expresamente y el convenio respectivo sea publicado en el órgano de difusión oficial de la
Entidad, las facultades que en dicha Cláusula se establecen.
D E C L A R A C I O N E S
I. “EL ESTADO” DECLARA QUE:
I.1. De conformidad con lo estipulado en los artículos 40, 42, 43 y 115 primer párrafo, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 7 primer párrafo y 10, de la Constitución
Política del Estado de Querétaro, es parte integrante de la Federación, libre y autónomo en su
administración y gobierno interiores, teniendo como base de su organización territorial, política y
administrativa el municipio libre.
I.2. Quienes suscriben el presente, cuentan con las facultades necesarias para celebrarlo de acuerdo
a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Coordinación Fiscal y la Cláusula Décima Cuarta del
“CONVENIO DE COLABORACIÓN”, así como por los artículos 5, 6, 19, fracciones I y II y 22
I.3 Su domicilio es el ubicado en 5 de Mayo esquina Pasteur, Centro Histórico, C.P. 76000, en la
ciudad de Santiago de Querétaro, Qro.
II. “EL MUNICIPIO” DECLARA QUE:

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