Convenio de colaboración para el cobro de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, que celebra el Estado de Querétaro y el Municipio de Querétaro, Qro.

4 de marzo de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3273
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR JUAN MARTÍN GRANADOS TORRES, SECRETARIO DE GOBIERNO
DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DE JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA, SECRETARIO DE
PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”, Y POR LA OTRA EL
MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QRO., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. MARCOS AGUILAR VEGA,
PRESIDENTE MUNICIPAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SÍNDICO, LA LIC. ANA FLORENCIA MALDONADO
RODRÍGUEZ, DEL SECRETARIO DE FINANZAS, EL C.P. RUBÉN GERARDO ÁLVAREZ LACUMA, Y DEL LIC.
RAFAEL FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN LO SUCE SIVO
“EL MUNICIPIO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE
CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
1. En fecha 29 de julio del 2015, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Convenio de Colaboración
Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y el Estado de Querétaro, en lo subsecuente el ―CONVENIO DE
COLABORACIÓN‖, publicación que también se realizó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro ―La Sombra de Arteaga‖ el 03 de agosto de 2015.
2. Conforme a lo dispuesto por la fracción V de la Cláusula Segunda del ―CONVENIO DE COLABORACIÓN‖ el
Estado y la Federación han acordado coordinarse en materia de las multas impuestas por autoridades
administrativas federales no fiscales, asumiendo el Estado las facultades previstas en la Cláusula Décima
Cuarta del referido instrumento.
3. Asimismo, a través de la mencionada Cláusula Décima Cuarta, el Estado convino con la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, que ejercerá a través de las autoridades fiscales municipales, cuando así lo
acuerden expresamente y en el convenio respectivo sea publicado en el órgano de difusión oficial de la
Entidad, las facultades que en dicha Cláusula se establecen.
D E C L A R A C I O N E S
I. ―EL ESTADO‖ DECLARA QUE:
I.1. De conformidad con lo estipulado en los artículos 40, 42, 43 y 115 primer párrafo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 7 primer párrafo y 10, de la Constitución Política del Estado de
Querétaro, es parte integrante de la Federación, libre y autónomo en su administración y gobierno interiores,
teniendo como base de su organización territorial, política y administrativa el municipio libre.
I.2. Quienes suscriben el presente, cuentan con las facultades necesarias para celebrarlo de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Coordinación Fiscal y la Cláusula Décima Cuarta del ―CONVENIO DE
COLABORACIÓN‖, así como por los artículos 4, 6, 19, fracciones I y II y 22 f racciones IV y XXVI, de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
I.3. Su domicilio es el ubicado en 5 de Mayo esquina Pasteur, Centro Histórico, C.P. 76000, en la ciudad de
Santiago de Querétaro, Qro.
II. ―EL MUNICIPIO‖ DECLARA QUE:
II.1. Es un ente público con personalidad jurídica y patrimonio propio que forma parte integrante de ―EL
ESTADO‖, constituyendo la base de su división territorial y de su organización política y administrativa, de
conformidad con los artículos 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10, 11 y 35, de
II.2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30 fracción XVIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro, es facultad del H. Ayuntmaiento celebrar convenios con otros municipios, con el Estado y con los
particulares, a fin de coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor
ejercicio de las funciones que les correspondan, o para cualquier otro aspecto de índole administrativo que
requiera de auxilio técnico u operativo; motivo por el cual el H. Ayuntamiento del Municipio de Querétaro, Qro.,
mediante el Acuerdo de Cabildo de fecha 27 de octubre de 2015, cuya copia certificada se adjunta al presente

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