Código de Ética de los Servidores Públicos del Municipio de Pedro Escobedo Querétaro.

Pág. 13290 PERIÓDICO OFICIAL 24 de mayo de 2019
GOBIERNO MUNICIPAL
EL QUE SUSCRIBE ING. ISIDRO AMARILDO BARCENAS RESENDIZ, PRESIDENTE MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL DE PEDRO ESCOBEDO, QUERETARO, HACE SABER A SUS HABITANTES QUE CON
FUNDAMENTO EN LO DISPÚESTO EN EL ARTICULO 115 FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 30 FRACCIÓN I, 146, 147 Y 149 DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, 22, 23 Y 26 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PEDRO ESCOBEDO, QUERETARO Y;
C O N S I D E R A N D O
I. Que de conform idad con el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las
autoridades, en el ámbito de sus competencias, garantizarán los derechos humanos de conformidad con los
principios de universalidad, interdependenc ia, indivisibilidad y progresividad, mediante la protección, promoción,
respeto y reconocimiento de los mismos.
II. Que los artículos 109, 113 y 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hacen mención
que todo servidor público tendrá que observar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad,
eficiencia, eficacia, economía y transparencia, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión conferido, en
que se guiará la gestión pública.
III.- Que la Constitución Política del Estado de Querétaro, en su artículo 38, fracción III, determina que los
servidores públicos serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desem peño de sus
respectivas funciones públicas, debiendo observar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y
eficiencia.
IV.- Que en fecha 4 de abril de 2014, se adiciona un sexto párrafo al artículo 3° de la Constitución de nuestro
Estado, en el cual se establece que, en esta entidad federativa, el Gobierno se sustenta en el valor de la ética,
por lo que todos los entes públicos deberán contar con un Código de Ética, mediante el establecimiento de una
adecuada política, con la creación de un Comité de Ética formalmente constituido y de la capacitación y difusión
en dicho valor.
V.- Que aunado a lo anterior y con la entrada en vigor del Sistema Nacional Anticorrupción, es necesario que el
Municipio de Pedro Escobedo se incorpore en la sinergia que el país lleva, para contrarrestar los efectos de la
corrupción en la sociedad; por ello es que la administración pública de dicho Municipio, aspira a que los servidores
públicos, en su interacción cotidiana, desarrollen de manera constante y permanente la aplicación de valores y
principios que conduzcan a la erradicación de la corrupción, beneficiando de manera directa a la ciudadanía en
general, suprimiendo al mismo tiempo, conductas o prácticas nocivas para el correcto desempeño de cualquier
servidor público.
VI.- Que, en congruencia con lo expuesto, es necesario expedir directrices que constituyan los cimientos de una
administración pública eficiente, honesta y transparente, que garanticen que los servidores públicos se conduzcan
y administren los recursos públicos y humanos de que dispongan, conforme a principios y valores éticos, pues su
actuación demanda un estricto apego a la ley; con un genuino espíritu del deber y con un claro sentido de la
responsabilidad hacia la sociedad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR