Acuerdo por el que se aprueba que el Presidente y el Secretario Técnico del CONAC, conjunta o separadamente, celebren los convenios necesarios, con autoridades estatales, consejos estatales de armonización contable, entidades de fiscalización locales, la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A. C., la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, entre otros, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Pág. 9202 PERIÓDICO OFICIAL 6 de septiembre de 2013
SECRETARÍA DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE
ACUERDO por el que se aprueba que el Presidente y el Secretario Técnico del CONAC, conjunta o separadamente,
celebren los convenios necesarios, con autoridades estatales, consejos estatales de armonización contable,
entidades de fiscalización locales, la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control
Gubernamental A. C., la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación, la Secretaría de la Función
Pública, la Auditoría Superior de la Federación, entre otros, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
El Consejo Nacional de Armonización Contable, con fundamento en artículos 6, 7 y 9, de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, en su Tercera Reunión de 2013, celebrada el 19 de julio de 2013, aprobó el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA QUE EL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONAC,
CONJUNTA O SEPARADAMENTE, CELEBREN LOS CONVENIOS NECESARIOS, CON AUTORIDADES ESTATALES,
CONSEJOS ESTATALES DE ARMONIZACIÓN CONTABLE, ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN LOCALES, LA
ASOCIACIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y CONTROL GUBERNAMENTAL A. C.,
LA COMISIÓN PERMANENTE DE CONTRALORES ESTADOS-FEDERACIÓN, LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN
PÚBLICA, LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, ENTRE OTROS, A FIN DE COADYUVAR EN EL
CUMPLIMIENTO DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ACUERDOS EMITIDOS POR
EL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE
Con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental se aprueba que el
Presidente y el Secretario Técnico del CONAC, conjunta o separadamente, celebren los convenios necesarios, con
autoridades estatales, consejos estatales de armonización contable, entidades de fiscalización locales, la Asociación
Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A. C., la Comisión Permanente de Contralores
Estados-Federación, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, entre otros, a fin de
coadyuvar en el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el Consejo
Nacional de Armonización Contable.
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
En la Ciudad de México, siendo las trece horas del día 19 de julio del año dos mil trece, con fundamento en los artículos
11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización
Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que el documento consistente en 1 foja útil, rubricada y cotejada, denominado
Acuerdo por el que se aprueba que el Presidente y el Secretario Técnico del CONAC, conjunta o separadamente, celebren
los convenios necesarios, con autoridades estatales consejos estatales de armonización contable, entidades de fiscalización
locales, la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A. C., la Comisión
Permanente de Contralores Estados-Federación, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación,
entre otros, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos
emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable, corresponde con el texto aprobado por el Consejo Nacional de
Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su tercera reunión celebrada,
en segunda convocatoria, el 19 de julio del presente año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes.
Ing. Juan Manuel Alcocer Gamba
El Secretario Técnico del
Consejo Nacional de Armonización Contable
Rúbrica

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