Circular Número 03/2007.

16 de noviembre de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6587
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA
CIRCULAR NÚMERO 03/2007
DE LOS LINEAMIENTOS A OBSERVAR POR EL PERSONAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE
CONTROL DE CONFIANZA
CIUDADANO LICENCIADO JUAN MARTÍN GRANADOS TORRES, Procurador General de Justicia del
Estado de Querétaro de Arteaga, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61 y 62 de la Constitución Política del Estado de Querétaro Arteaga;
3, 8, 13 y 20 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro; 1, 11
fracción I, 27 fracciones I, IV, VIII y XXV de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado
de Querétaro; 3 y 4 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios;
CONSIDERANDO:
Que del Plan Estatal de Desarrollo 2004-2009, emanan líneas estratégicas en el ámbito de procuración
de justicia que señalan la necesidad de institucionalizar mecanismos de evaluación del desempeño del
personal, con el objeto de asegurar la honestidad, eficacia, y calidad del personal de la Procuraduría.
Que en el apartado de procuración de justicia, del documento de referencia, se establece como objetivo
general, llevar a cabo las acciones necesarias que permitan mantener la confianza de la sociedad en la
aplicación irrestricta de la ley y el combate a la impunidad, coadyuvando para lograr el reconocimiento de
Querétaro como un Estado seguro y con paz social.
Que es preciso posicionar a la Procuraduría General de Justicia del Estado como una dependencia libre
de adicciones, para de ese modo ratificar el compromiso institucional de aplicar el Estado de Derecho dentro de
la dependencia, a la vez de transparentar su desarrollo ante la sociedad, y sancionar cualquier tipo de conducta
que se aparte de la ley.
Que es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Estado, como parte de las acciones de
saneamiento y permanencia de su personal, lleve a cabo de manera regular y sorpresiva, el sorteo de los
servidores públicos que deberán someterse a un examen toxicológico para confirmar el cumplimiento de los
principios de certeza, objetividad, legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad e imparcialidad que
debe regir el actuar de todo servidor público.
Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir la siguiente:
C I R C U L A R:
PRIMERO.- La presente circular tiene por objeto definir los lineamientos a observar por el personal de la
Institución, en el marco del Programa de Control de Confianza, que tiene por objeto verificar que los servidores
públicos de la dependencia se encuentran aptos física y mentalmente, para brindar un servicio eficaz en
beneficio de la ciudadanía, así como transparentar el proceso mediante la invitación de integrantes de los
diversos sectores de la sociedad, para que sean testigos del desarrollo del proceso.
SEGUNDO.- La Subprocuraduría de Policía y Control Interno tendrá a su cargo la supervisión general del
evento, de sus resultados y será el enlace para invitar y en su momento notificar de los resultados del proceso
al C. Procurador y a quienes funjan como testigos del mismo.

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