Circular Número 14.

8 de octubre de 1999 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 755
constar en una acta que deberá firmarse por quie-
nes participaron en la sesión correspondiente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en el Perió-
dico Oficial del Gobierno del Estado "La Sombra de
Arteaga".
SEGUNDO.- El Consejo Consultivo deberá
quedar instalado en un plazo no mayor de treinta
días contados a partir de la fecha de inicio de la
vigencia del presente Acuerdo.
DADO EN EL PALACIO DE LA CORREGIDORA,
SEDE DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE
QUERETARO, EN SANTIAGO DE QUERETARO,
QRO., EL CINCO DE OCTUBRE DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION
“UNIDOS POR QUERETARO”
ING. IGNACIO LOYOLA VERA
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE QUERETARO
LIC. MARIA GUADALUPE MURGUIA GUTIERREZ
SECRETARIO DE GOBIERNO
LIC. HECTOR SAMUEL LUGO CHAVEZ
SECRETARIO DE DESARROLLO
AGROPECUARIO
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
CIRCULAR NÚMERO 14
Santiago de Querétaro, Qro., 27 de septiembre de
1999.
A TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS
ADSCRITOS A LA PROCURADURIA
GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO.
PRESENTE:
En ejercicio de la atribución prevista en el ar-
tículo 26, fracción VII de la Ley Orgánica que rige a
la Dependencia, y toda vez que tanto la Constitu-
ción General de la República como la Particular del
Estado, disponen que la administración de justicia
es un servicio público que deberá prestarse de
manera gratuita; y que particularmente la expedi-
ción y certificación de copias, no causan contribu-
ciones de ninguna especie por no establecerse en
las leyes fiscales, se les previene para que se abs-
tengan de exigir, pedir o recibir dinero o cualquier
otro beneficio con motivo o pretexto de la realiza-
ción de algún trámite o servicio prestado por la
Procuraduría General de Justicia del Estado, ya
que además de ser constitutiva dicha conducta de
infracción administrativa, podría incurrirse en ilícito
penal de cohecho o concusión y los que resulten.
En tal virtud, se exhorta a todos los integran-
tes de esta Institución a que ajusten su conducta a
los principios de legalidad, honradez, lealtad, im-
parcialidad y eficiencia, según lo establece la Ley
de Responsabilidad de los Servidores Públicos del
Estado de Querétaro.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- La presente Circular
entrará en vigor a partir del día siguiente de su pu-
blicación en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado "La Sombra Arteaga"; y deberá fijarse en los
tableros de avisos de todas las oficinas de la De-
pendencia en las que se brinde atención al público.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Esta Circular abro-
ga a la número 2, expedida con fecha 24 de febrero
de 1998, por el entonces Titular de la Procuraduría.
ARTÍCULO TERCERO.- Los titulares de los
órganos integradores de la Procuraduría, vigilarán
el conocimiento y observancia de la presente Circu-
lar.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
"UNIDOS POR QUERÉTARO"
LIC. APOLINAR LEDESMA ARREOLA.
PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA
DEL ESTADO.

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