Stephan Daniel, Anne Kathrin Daniel, José Ventura Ángeles López, Centurión Real Estates and Resorts S. de R. L. de C.V., Patricia Sañudo Alcocer, Sofía Sañudo Alcocer, María Alcocer Suzan de Sañudo, conocida también como María Alcocer Suzan, J. Guadalupe Sánchez Sánchez, Elizabeth Valencia Meraz, María Elena Conde Rocha, Javier Villalpando Rojas, Virginia Ángeles López, José Mendoza Vargas, Pablo Hernández Sánchez, Juanita Cerón Gómez, conocida también como Juana Cerón Gómez, Enrique Cerón Gómez, Inmobiliaria Punta Esmeralda S.A. de C.V., María Dolores Cabrera Viuda de Sánchez, Mario Fernando Ramírez Retolaza, Ma. Dolores Lucas Olvera, M. Refugio García García, Ángel García Arreola, Severiano Núñez Medina, Ma. del Rosario del Sagrado Corazón Hernández Fernández, Ma. Celerina Ramírez Parra, Gloria Aguillón Medina, J. Guadalupe Antonio Cirilo Canales Arriaga, Francisca Raquel Ramírez Martínez, José Antonio García Luque, Santiago García Luque, Gabriel Villareal Guajardo, Flora Hermelinda García Lucas, José ...

26 de agosto de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8935
AVISOS JUDICIALES Y OFICIALES
EDICTO
DEPENDENCIA: Secretaría de Desarrollo Sustentable
SECCIÒN. Subsecretaría del Medio Ambiente
RAMO: Dirección de Planeación Ambiental
EXPEDIENTE: SEDESU/ANP/BATÁN/02/2008
ASUNTO: LA PRIMERA NOTIFICACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO DE MANERA PERSONAL
Stephan Daniel, Anne Kathrin Daniel, José Ventura Ángeles López, Centurión Real Estates and Resorts S. de R. L. de C.V., Patricia
Sañudo Alcocer, Sofía Sañudo Alcocer, María Alcocer Suzan de Sañudo, conocida también como María Alcocer Suzan, J. Guadalupe
Sánchez Sánchez, Elizabeth Valencia Meraz, María Elena Conde Rocha, Javier Villalpando Rojas, Virginia Ángeles López, José Mendoza
Vargas, Pablo Hernández Sánchez, Juanita Cerón Gómez, conocida también como Juana Cerón Gómez, Enrique Cerón Gómez,
Inmobiliaria Punta Esmeralda S.A. de C.V., María Dolores Cabrera Viuda de Sánchez, Mario Fernando Ramírez Retolaza, Ma. Dolores
Lucas Olvera, M. Refugio García García, Ángel García Arreola, Severiano Núñez Medina, Ma. del Rosario del Sagrado Corazón Hernández
Fernández, Ma. Celerina Ramírez Parra, Gloria Aguillón Medina, J. Guadalupe Antonio Cirilo Canales Arriaga, Francisca Raquel Ramírez
Martínez, José Antonio García Luque, Santiago García Luque, Gabriel Villareal Guajardo, Flora Hermelinda García Lucas, José Lucio
García Medina, M. Cecilia García Olvera, Julia Arias Hernández, Rufina Alvarez Alvarez, J. Sotero Toribio García García, Cerafina Pueblito
Olvera Reséndiz, J. Guadalupe Servín Arredondo, Ma. Guadalupe Pérez Ortiz, Ma. Dolores Olvera Reséndiz, María Isabel González
Bocanegra, Francisco Perrusquia Malagón, José Raymundo Olvera Olvera, Agustín Villegas Mendoza, Heraclio Díaz Granados, Victoria
Ledezma García, María Alejandra Hernández Guillén, Luis Pérez Tamayo, sucesión a bienes de Alejandro García Alcocer, sucesión a
bienes de Genaro Sánchez, sucesión a bienes de Darío Hernández, sucesión a bienes de Francisco Ramírez Espinoza y sucesión a bienes
de Antonio Hernández Jiménez.
En su carácter de propietarios de predios rústicos en la zona propuesta para la expedición de declaratoria de
establecimiento de un Área Natural Protegida identificada como “El Batán” y en razón de desconocer sus domicilios, con
fundamento en los artículos 15, 32, fracción IV, 33 y 35 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de
Querétaro, aplicándose supletoriamente a la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, por disposición
de su artículo 3º, se les realiza por este medio la primera notificación del procedimiento administrativo
SEDESU/ANP/BATÁN/02/2008, radicado en la Subsecretaría del Medio Ambiente de la Secretaría de Desarrollo
Sustentable del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, cito en Boulevard Bernardo Quintana número 204, colonia
Carretas, código postal 76050, Querétaro, relativo al establecimiento de un Área Natural Protegida, en la zona conurbada de
la ciudad de Querétaro, integrada por los Municipios de Corregidora, El Marqués, Huimilpan y Querétaro, específicamente
en la parte sur en la cual se encuentra un área comprendida entre los Ejidos de Lourdes, La Cueva, La Negreta, Santa
Bárbara, Pita, Loma de San Isidro, Puerta San Rafael, todos ellos del municipio de Corregidora, en términos de lo dispuesto
por los artículos 1, 2 fracción VI, 7 fracción X, 84, 86, 99, 100, 102 y 103, de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente, que establecen las facultades y procedimientos para el establecimiento de zonas de la entidad
sujetas al régimen de protección, para preservar y conservar ambientes naturales y salvaguardar la biodiversidad; lograr el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y preservar y mejorar la calidad del entorno. Quedando a su
disposición el expediente para: 1.- Que se impongan de los autos en días hábiles y en el horario comprendido de las 9:00 a
las 17:00 horas; 2.- Actúen por sí o por medio de representante o apoderado; 3.- Señalen por escrito domicilio para la
recepción de notificaciones personales en el procedimiento administrativo; 4.- Reciban por parte de esa autoridad la
orientación jurídica o técnica del proyecto; 5.- Requieran informes, documentos y demás datos que le sean necesarios; 6.-
Ofrezcan y desahoguen pruebas ; 7.- En su oportunidad alegar; 8.- Que se dicte una resolución que dirima las cuestiones
debatidas; y 9.- Las demás que sean necesarias para respetar su garantía de audiencia en términos de ley; teniendo como
fecha de notificación, la de la última publicación de edictos.- CONSTE.
Querétaro, Qro. a 25 de agosto del 2009.
Atentamente
Ing. Miguel Ángel Gómez García
Subsecretaría del Medio Ambiente de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
Rúbrica
PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES CONSECUTIVAS DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO “LA SOMBRA DE ARTEAGA”
PRIMERA PUBLICACION

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