Resolución relativa a la solicitud de sustitución de candidatos de la fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional presentada por el Partido de la Revolución Democrática. Consejo Municipal de Peñamiller.

1 de julio de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6747
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
Peñamiller Querétaro, a tres de junio de dos mil nueve, vistos para resolver la solicitud de sustitución de candidatos de la
fórmula de Ayuntamiento y lista de regidores por el principio de representación proporcional presentada por el PARTIDO DE
LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, ante este Consejo Municipal de Peñamiller y:
RESULTANDO
1. En Sesión Extraordinaria del Consejo General de fecha veinticinco de marzo del año que transcurre, el máximo órgano de
dirección del Instituto Electoral de Querétaro emitió la declaratoria de inicio del proceso electoral ordinario 2009, de
conformidad con lo establecido en los artículos 97 y 102 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.
2. Por Acuerdo del Consejo General de fecha veinticinco de marzo de dos mil nueve, y con fundamento en los artículos 65
fracción V, 82 fracciones I y II, y 102 fracción I de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, se aprobó la integración de los
consejos distritales y municipales para el proceso electoral ordinario 2009, designando para ello a los ciudadanos que
fungirían como consejeros electorales propuestos por el Director General; de igual manera, se ratificó la designación de los
ciudadanos que ocuparían el cargo de Secretarios Técnicos, facultándolos para que convocaran a sesión de instalación de
sus respectivos órganos electorales para el día veintisiete de marzo del año en curso.
3. La Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, informó a este órgano electoral de la
constancia de registro de la plataforma electoral que sostendrán los candidatos del PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA, durante el presente proceso electoral; por lo que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 105 de la
Ley Electoral del Estado de Querétaro, dicha fuerza política ha cumplido con el requisito de procedibilidad para solicitar el
registro de sus aspirantes.
4. En sesión extraordinaria del Consejo Municipal de fecha diecisiete de Mayo del año dos mil nueve, se aprueba la
resolución en la que determina la procedencia de la solicitud de registro del PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA, quedando su fórmula integrada por los CC. TERESA SALINAS LEON como Presidente Municipal, ROSA
YAÑEZ GUDIÑO Síndico Propietario, MA. GUADALUPE HERNANDEZ SALINAS Síndico Suplente, MONICA ADELAIDA
LOPEZ RAMOS Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa, VICTORIA RUIZ HERNANDEZ Regidor Suplente
por el principio de mayoría relativa, CESAREO JUAREZ CALIXTO Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa,
MARIO GARCIA ROSALES Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa, MA. DE JESUS SERRANO AGUAS
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa, ANAVEL AGUAS LABRA Regidor Suplente por el principio de
mayoría relativa, JULIO SANTOS HERNANDEZ GUERRERO Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa, JUAN
CARLOS MARTINEZ YAÑEZ Regidor Suplente por el principio de mayoría relativa, MA. EMMA GUDIÑO MARTINEZ
Regidor Propietario por el principio de mayoría relativa, MARIA JASBETH JUAREZ RINCON Regidor Suplente por el
principio de mayoría relativa, TERESA SALINAS LEON Primer Regidor Propietario por el principio de representación
proporcional, MA. GUADALUPE HERNANDEZ SALINAS Primer Regidor Suplente por el principio de representación
proporcional, CESAREO JUAREZ CALIXTO Segundo Regidor Propietario por el principio de representación proporcional,
MARIO GARCIA ROSALES Segundo Regidor Suplente por el principio de representación proporcional, MONICA ADELAIDA
LOPEZ RAMOS Tercer Regidor Propietario por el principio de representación proporcional, VICTORIA RUIZ HERNANDEZ
Tercer Regidor Suplente por el principio de representación proporcional.
5. Que en fecha veintinueve de mayo de dos mil nueve, comparecieron en las instalaciones de este Consejo Municipal de
Peñamiller del Instituto Electoral de Querétaro, los CC. CESÁREO JUÁREZ CALIXTO y MARIO GARCÍA ROSALES,
manifestando que el motivo de su presencia lo fue con la finalidad de renunciar a los cargos de REGIDOR POR EL
PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, REGIDOR POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL y
REGIDOR SUPLENTE POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL respectivamente integrantes de la
fórmula de Ayuntamiento del Municipio de Peñamiller, postulado por el PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, lo
anterior por así convenir a sus intereses y enterados de los alcances y consecuencias legales que el acto implica.
Asimismo, en fecha veintinueve de mayo de dos mil nueve, compareció la C. MA. GUADALUPE HERNÁNDEZ SALINAS en
su carácter de Representante Suplente del PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, para solicitar la sustitución del
C. CESÁREO JUÁREZ CALIXTO, candidata a REGIDOR PROPIETARIO POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA
integrante de la fórmula de Ayuntamiento del Municipio de Peñamiller, por la C. JOSEFINA LEÓN AGUILLÓN para ocupar
dicho cargo; asimismo solicitó la sustitución de el C. CESÁREO JUÁREZ CALIXTO, candidato a REGIDOR POR EL
PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL integrante de la fórmula de Ayuntamiento del Municipio de
Peñamiller, por el C. MARIO GARCÍA ROSALES para ocupar dicho cargo, así como solicitó la sustitución del C. MARIO
GARCÍA ROSALES, candidato a REGIDOR SUPLENTE POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
integrante de la Fórmula de Ayuntamiento del Municipio de Peñamiller, por la C. JOSEFINA LEÓN AGUILLÓN para ocupar
dicho cargo.

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