Acuerdo mediante el cual se autoriza la modificación al punto primero del Acuerdo de Cabildo de fecha 23 de noviembre de 1999, relacionado con el fraccionamiento Residencial Italia.

14 de abril del 2000 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 419
LA RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE
EJECUCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN Y
RATIFICACIÓN DE LA VENTA PROVISIONAL DE
LOTES DE LA SECCIÓN I DE LA FASE “A” DEL
FRACCIONAMIENTO “MILENIO III”,
DELEGACIÓN VILLA CAYETANO RUBIO.
C O N S I D E R A N D O S
1.- En atención a la solicitud del Lic. Carlos
Palacios Cortés, Apoderado General de la Empresa
INMOBILIARIA SJT DEL VALLE DE QUERÉTARO,
S. A. de C. V., se recibieron los oficios 03874 y
04365 firmados por el Secretario de Desarrollo
Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado,
emitiendo Dictamen Técnico favorable para la Re-
novación de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización y Ratificación para la Venta Provisio-
nal de Lotes de la Sección I de la Fase “A” del
Fraccionamiento “Milenio III”, Delegación Villa Ca-
yetano Rubio.
2.- El Lic. Carlos Palacios Cortés acredita su
personalidad jurídica como Apoderado General,
mediante Instrumento Público No. 35,500, de fecha
12 de febrero de 1998, levantada ante la fe del Lic.
Alejandro Maldonado Guerrero, Notario Público
Titular de la Notaría Pública No. 4, de esta Ciudad.
3.- En la Secretaría del Ayuntamiento se re-
cibieron Diagnósticos Técnicos con Folios: 193/99 y
020/00, con fechas 8 de diciembre de 1999 y 16 de
febrero del año 2000, suscritos por el Director de
Desarrollo Urbano Municipal, de los cuales se des-
prende lo siguiente:
3.1.- El Fraccionamiento denominado “Mile-
nio III”, se ubica en la Delegación Municipal Villa
Cayetano Rubio, colinda al norte con la Carretera a
Tampico (a la Cañada), hacia el oriente con Área
de Preservación Ecológica y al poniente con el
Fraccionamiento Loma Dorada.
3.2.- En acuerdo de Sesión de Cabildo cele-
brada el día 11 de agosto de 1997, se autorizó la
Modificación de la Fase A del Fraccionamiento
“Milenio III” de Quince Etapas a Dos Secciones,
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y
Venta Provisional de Lotes de la Sección I, publi-
cado en la Gaceta Municipal No. 60 de fecha 12 de
septiembre de 1997, así como en el Periódico Ofi-
cial “La Sombra de Arteaga”, Números 44 y 45, de
fechas 17 y 24 de octubre de 1997, respectivamen-
te.
3.3.- La Renovación de la Licencia de Ejecu-
ción de Obras de Urbanización para la Sección I de
la Fase “A”, es procedente ya que a la fecha su
Acuerdo de Autorización se encuentra fenecido, en
base a lo dispuesto en el artículo 112 del Código
Urbano para el Estado de Querétaro, las Obras
faltantes deberán quedar concluidas en un plazo
que no excederá de dos años contados a partir de
la fecha del Acuerdo que autorice el presente.
3.4.- Los Derechos por Supervisión corres-
pondientes a la vigencia de la Licencia de Ejecución
de Obras de Urbanización y Renovación de la mis-
ma, fueron cubiertos en parcialidades de acuerdo al
Convenio 368/97, de fecha 29 de septiembre de
1997, expedido por la Dirección de Ingresos de la
Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno
del Estado.
3.5.- En inspección física realizada por el
personal del Área de Supervisión la Dirección de
Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno
del Estado, se constató que la Sección I de la Fase
“A”, a la fecha tiene el 78.3 % de avance en las
Obras de Urbanización.
3.6.- Desde el punto de vista urbano, el Frac-
cionamiento está asentado en un área habitacional
a corto plazo, con una densidad de 300 habitantes
por hectárea, por lo que el citado proyecto no se
contrapone con lo previsto en el Plan Parcial de
Desarrollo Urbano de la Delegación Villa Cayetano
Rubio.
3.7.- Por lo anterior, esta Dirección no tiene
inconveniente en considerar favorable la Autoriza-
ción de la Renovación de la Licencia de Ejecución
de Obras de Urbanización y Ratificación de la Ven-
ta Provisional de Lotes de la Sección I de la Fase
“A” del Fraccionamiento “Milenio III”. . .”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré-
taro, en el Punto Octavo, Apartado II, inciso c) del
Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se autoriza a la Empresa
INMOBILIARIA SJT DEL VALLE DE QUERÉTARO,
S. A. de C. V., por conducto del Lic. Carlos Palacios
Cortés, Apoderado General, la Renovación de la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y
Ratificación de la Venta Provisional de Lotes de la
Sección I de la Fase “A” del Fraccionamiento “Mile-
nio III”, Delegación Villa Cayetano Rubio. Dichas
Obras deberán quedar concluidas dentro de un
plazo que no excederá de dos años, contados a
partir de la fecha de la última publicación del
Acuerdo.
SEGUNDO.- La Empresa INMOBILIARIA
SJT DEL VALLE DE QUERÉTARO, S. A. de C. V.,

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