Reglamento de Biblioteca de la Universidad Tecnológica de Querétaro.

Pág. 2716 PERIÓDICO OFICIAL 8 de marzo de 2013
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
DE QUERÉTARO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO
VOLUNTAD - CONOCIMIENTO - SERVICIO
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE
LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 54 FRACCIÓN IX DE LA LEY DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y EL ARTÍCULO 11
FRACCIÓN XV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
La Universidad Tecnológica de Querétaro brinda el servicio de Biblioteca como medio de investigación y
apoyo a la docencia, en respuesta a las necesidades de información que la comunidad universitaria, así como el
público interesado requieren, con fundamento en lo establecido en el Artículo 6 fracción VI de la Ley Orgánica
de la Universidad.
En mérito de lo anterior tiene a bien, expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
CAPÍTULO I
DEL USO DE LA BIBLIOTECA
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de observancia general y tiene por objeto establecer las
disposiciones bajo las cuales se prestará el servicio de biblioteca en la Universidad Tecnológica de Querétaro.
ARTÍCULO 2.- Para los fines de este Reglamento se entenderá por:
I. Alumno.- A los inscritos en los Programas Educativos de la Universidad Tecnológica de Querétaro y que
se encuentran registrados en el sistema de control escolar.
II. Área de Consulta C.- Área del Departamento de Servicios Bibliotecarios en la que se localizan
enciclopedias, tomos de obras en serie y colecciones varias que por el costo que representan no son
sujetas a préstamo.
III. Biblioteca.- Lugar en donde se encuentra el material bibliográfico, la hemeroteca y sala de consulta de la
Universidad.
IV. Egresado.- Toda persona que haya concluido los Programas Educativos a nivel superior que oferta la
Universidad Tecnológica de Querétaro.
V. Ejemplar copia UNO.- Material bibliográfico cuya permanencia en la Biblioteca es obligatoria.
VI. Ejemplar copia DOS.- Material bibliográfico sujeto a préstamo externo; toda vez, que se cuenta con más
de dos ejemplares.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR