Bando Solemne por el que se da a conocer la declaratoria de munícipes electos para integrar el Ayuntamiento de Tolimán, Qro., para el periodo 2012-2015.

Pág. 13006 PERIÓDICO OFICIAL 28 de septiembre de 2012
SEGUNDO.- Por acuerdo del H. Ayuntamiento de Tequisquiapan, durante el desahogo de la Sexagésima Noven a Sesión
Ordinaria de Cabildo celebrada en fecha siete de agosto de dos mil doce, se acordó el turnar la solic itud del C. ADRIAN L.
GRAJALES VALDESPINO a la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano para su análisis y posterior dictamen y fue
remitido a esta comisión el expediente con la solicitud de referencia el cuál consta de:
a) A la vista copia simple del oficio de fecha nueve de mayo de dos mil doce, dirigido al C. Presidente municipal interino;
signado por el C. ADRIAN L. GRAJALES VALDESPINO, quién solicita el incremento de densidad de población de H1
(habitacional hasta 100 hab/ha.) a H4 (habitacional hasta 400 hab/ha.) para los pred ios identificados con claves catastrales
170 100 104 023 007 y 170 100 104 023 153 con superficies de 30,502.00 m² y 10,143.00 m² respectivamente, mismos que
se encuentran localizados en calle Hidalgo 158 y 198 del Barrio de la Magdalena de este municipio.
b) A la vista, copia simple del oficio DUV-392/2012 de fecha primero de agosto de dos mil doce, dirigido al C. Secretario
General del H. Ayuntamiento; mediante el cual la Dirección de Desarrollo Urbano y Vivienda emite Opinión Técnica respecto
de la solicitud del C. ADRIAN L. GRAJALES VALDESPINO quien solicita el incremento de densidad de población de H1
(habitacional hasta 100 hab/ha.) a H4 (habitacional hasta 400 hab/ha.) para los pred ios identificados con claves catastrales
170 100 104 023 007 y 170 100 104 023 153 con superficies de 30,502.00 m² y 10,143.00 m² respectivamente, mismos que
se encuentran localizados en calle Hidalgo 158 y 198 del Barrio de la Magdalena de este municipio y la cual en lo
conducente dice:
…Habiéndose revisado el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tequisquiapan, aprobado en
sesión de cabildo de fecha 11 de noviembre de 2004, publicado en el periódico oficial de Gobierno del Estado “La
Sombra de Arteaga” de fecha 1 de julio de 2005, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
con fecha veinticinco de octubre de dos mil cinco; se ubica al predio en zona H1 (habitacional con densidad de
población de hasta 100 habitantes por hectárea)… y considera “Técnicamente factible” el cambio de uso de suelo
a H4 (habitacional hasta 400 habitantes por hectárea) … y acuerda que se someta a consider ación del H.
Ayuntamiento de Tequisquiapan en sesión de cabildo…
TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unid os
Mexicanos, compete al H. Ayuntamiento resolver la solicitud del C. ADRIAN L. GRAJALES VALDESPINO, quien solicita el
incremento de densidad de población de H1 (habitacional hasta 100 hab/ha.) a H4 (habitacion al hasta 400 hab/ha.) para los
predios identificados con claves catastrales 170 100 104 023 007 y 170 100 104 023 153 con superficies de 30,502.00 m² y
10,143.00 m² respectivamente, mismos que se encuentran localizados en calle Hidalgo 158 y 198 del Barrio de la
Magdalena de este municipio; promoción que compete a esta Comisión Permanente de Desarrollo Urbano conocer y
resolver por tratarse del órgano legalmente facultado para ello.
CUARTO.- Se acredita la existencia jurídica de la persona moral Turísticas Vallarta, S.A. de C.V.; la personalidad jurídica del
C. Roberto Gómez Aguado Hernández y el poder otorgado al C. Adrian L. Grajales Valdespino mediante copia de l a
escritura 33,358 de fecha veintisiete de abril de dos mil diez, pasada ante la fe del notario 31 del distrito judicial de
Querétaro.
QUINTO.- Se acredita la propiedad legal de los predios objeto del presente dictamen a favor del C. Roberto Gómez Aguado
Hernández mediante copia de las escrituras públicas 5,930 de fecha seis de mayo de mil novecientos ochenta y ocho,
pasada ante la fe del notario adscrito a la notaria 5 del partido judicial de San Juan del Río; y escritura 5,954 de fecha trece
de mayo de mil novecientos ochenta y ocho, pasada ante la fe del notario adscrito a la notaria 5 del pa rtido judicial de San
Juan del Río.
SEXTO.- Se acredita el legítimo interés jurídico del C. Roberto Gómez Aguado Hernández mediante copia del Contrato de
Asociación en Participación que celebró el propietario con la moral Turísticas Vallarta, S.A. de C.V.
Visto el contenido de los apartados que anteceden y
CONSIDERANDO.
I.- Que las facultades que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al Gobierno M unicipal, serán
ejercidas de manera exclusiva por el Ayuntamiento, este tendrá personalidad jurídica propia, manejará su patrimonio
conforme a la ley y tendrá facultades para aprobar las disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus

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