Aviso mediante el cual se establecen los periodos de vacaciones, días inhábiles, horarios hábiles para actuaciones y recepción de documentos relativos a procedimientos administrativos disciplinarios.

Pág. 1656 PERIÓDICO OFICIAL 2 de febrero de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
En virtud del Séptimo Punto de la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo de Honor y Justicia de la Secretaría de
Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, celebrada el 01 uno de febrero de 2017 dos mil
diecisiete, con fundamento en la fracción VII del artículo 28 de la Ley de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del
Estado de Querétaro, y con la finalidad de programar las Sesiones Ordinarias del Consejo de Honor y Justicia de la
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, además de establecer los días
inhábiles, los dos periodos vacacionales de los que gozarán los integrantes de este órgano colegiado, y el horario
hábil en que se llevaran a cabo las actuaciones, así como para recibir documentos relativos a los procedimientos
administrativos disciplinarios, esto último en términos de los artículos 29 y 31 de la Ley de Procedimientos
Administrativos del Estado de Querétaro, en virtud de lo anterior:
El Consejo de Honor y Justicia aprobó por unanimidad de votos el siguiente Acuerdo por el que se dan a conocer:
Primero.- Dos periodos vacacionales en el año que transcurre, a saber, 2017 (dos mil diecisiete): El primer periodo
comprende del 24 (veinticuatro) de julio al 04 (cuatro) de agosto y el segundo, comprende el periodo que va
del 18 (dieciocho) de diciembre de 2017 (dos mil diecisiete) al 02 (dos) de enero de 2018 (dos mil dieciocho),
periodos en los cuales no se recibirá ningún escrito relativo a los procedimientos administrativos disciplinarios;
además de estos dos periodos, se señalan como días inhábiles, los siguientes: sábados y domingos, 01 (uno) de
enero, 06 (seis) de febrero, 20 (veinte) de marzo, 13 (trece) y 14 (catorce) de abril, 01 uno de mayo, 16
(dieciséis) de septiembre, 01 (uno), 2 (dos) y 20 (veinte) de noviembre y 12 (doce) y 25 (veinticinco) de
diciembre, en los cuales habrá suspensión de labores.
Segundo: El horario hábil para realizar actuaciones dentro de los Procedimientos Disciplinaros, será el que
comprende de las 08:00 (ocho) a las 19:00 (diecinueve) horas, mientras que la Secretaría Técnica recibirá
documentos en un horario de 08:00 (ocho) a las 15:30 (quince) horas (treinta) minutos.
Tercero: Se acuerda el siguiente calendario de Sesiones Ordinarias: 04 (cuatro) y 18 (dieciocho) de enero, 01
(uno) y 15 (quince) de febrero, 01 (uno) y 15 (quince) de marzo, 05 (cinco) y 19 (diecinueve) de abril, 03 (tres)
y 17 (diecisiete) de mayo, 07 (siete) y 21 (veintiuno) de junio, 05 (cinco) y 19 (diecinueve) de julio, 09 (nueve) y
23 (veintitrés) de agosto, 06 (seis) y 20 (veinte) de septiembre, 04 (cuatro) y 18 (dieciocho) de octubre, 08
(ocho) y 22 (veintidós) de noviembre y 06 (seis) de diciembre.
Con sustento en lo dispuesto por los artículos 5, 29 y 31, de la Ley de Procedimientos Administrativos del
Estado de Querétaro, de aplicación supletoria, en apego a lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley de la
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro, publíquese el presente acuerdo en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”.
M. EN D. JUAN MARCOS GRANADOS TORRES
Secretario de Seguridad Ciudadana y
Presidente del Consejo de Honor y Justicia
Rúbrica

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