Acuerdo relativo a la autorización de regularización, nomenclatura, licencia de ejecución de obra de urbanización y venta provisional de lotes del asentamiento humano irregular denominado 'Valle del Milagro', ubicado en un predio rústico denominado 'La Troje', de la Comunidad del Progreso, Municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 5548 PERIÓDICO OFICIAL 24 de mayo de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las
facultades que me confiere el artículo 15 fracciones IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración
Pública del Municipio de Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 09 de mayo de 2013, el H. Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., aprobó el Autorización de Regularización, Autorización de Nomenclatura, Licencia de
Ejecución de Obra de Urbanización y Venta Provisional de Lotes del Asentamiento Humano Irregular
denominado “Valle del Milagro”, ubicado en un predio rústico denominado “La Troje”, de la Comunidad
del Progreso con una superficie de 49,488.88 m², Municipio de Corregidora, Qro., el cual señala
textualmente:
Con fundamento en la fracción I del Artículo , 115 fracción V incisos D) y F) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 1º, 9, 13, 14
fracciones II y III, 16, fracciones I, XII, XIII y XIX, 17, 82, 83, 109, 111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139, 143,
147, 154, fracción III 9° fracciones II y III de la Ley General de Asentamientos Humanos; 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11,
12, 13, 14 y 15 de la Ley para la Regularización de los Asentamientos Humanos Irregulares del Estado de
Querétaro vigente; 30 fracción II inciso D) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 15 fracción
XVII y 34, Punto 1 fracción VIII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro. y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Constitución
Política del Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se
encuentran facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello corresponde al
H. Ayuntamiento resolver lo referente el Acuerdo relativo a la Autorización de Regularización, Autorización
de Nomenclatura, Licencia de Ejecución de Obra de Urbanización y Venta Provisional de Lotes del
Asentamiento Humano Irregular denominado “Valle del Milagro”, ubicado en un predio rústico
denominado “La Troje”, de la Comunidad del Progreso con una superficie de 49,488.88 m², Municipio de
Corregidora, Qro., radicado en esta Secretaría del Ayuntamiento en el Expediente DAC/CAI/039/2011 VALLE
DEL MILAGRO.
2. Que de conformidad con el Código Urbano para el Estado de Querétaro, los Ayuntamientos tienen la
facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales de acuerdo a los Planes y
Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente
aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras leyes
o reglamentos aplicables.
3. Que los usos de suelo se refieren a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se
pretende dedicar un predio debido a su conformación física, crecimiento de los centros poblacionales, cambios
económicos, sociales y demográficos entre otros, teniendo la posibilidad de modificación debido a estas u otras
circunstancias.
4. Que con fecha 17 de abril de 2013, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento, la Opinión Técnica
número DDU/DDU/DACU/OT/056/2013 relativa a la solicitud para la Regularización del Asentamiento Humano
Irregular denominado “Valle del Milagro”, ubicado en un predio rústico denominado “La Troje”, de la Comunidad
del Progreso con una superficie de 49,488.88 m², Municipio de Corregidora, Qro., desprendiéndose de su
contenido lo siguiente:

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