Acuerdo 1/2012 que crea la Agencia del Ministerio Público Especializada para la Atención de Delitos Electorales, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro.

Pág. 3136 PERIÓDICO OFICIAL 16 de marzo de 2012
c) En el anexo 2.3 denominado “Relación de Conciliaciones Bancarias”, se detectó que la fiscalizada no reportó
las cuentas bancarias de inversiones al 31 de diciembre de 2010, integradas por:
c.1 BBVA Bancomer cuenta 2035679524 por $4’723,595.01
c.2 BBVA Bancomer cuenta 2035679532 por $5’687,770.38
d) En el anexo 3.1 denominado “Reporte Analítico de Ingresos al 31 de diciembre de 2010” se detectó que
la fiscalizada:
d.1 Reportó como total de ingresos propios $4,348,658.16 (Cuatro millones trescientos cuarenta y ocho mil
seiscientos cincuenta y ocho pesos 16/100 m.n.), debiendo ser $4’670,991.31 (Cuatro millones seiscientos
setenta mil novecientos noventa y un pesos 31/100 m.n.).
d.2 En la columna de los ingresos enero-junio y julio-diciembre de 2010, no refleja el total de los ingresos
recibidos por periodo.
e) En el anexo 3.2 denominado “Reporte analítico de Egresos” al 31 de diciembre de 2010 se detectó que en la
columna de los egresos julio-diciembre de 2010 :
e.1 No muestra el subtotal en el rubro de “Servicios Básicos”, por $1,180,125.79 (Un millón ciento ochenta mil
ciento veinticinco pesos 79/100 m.n).
e.2 No muestra el subtotal en el rubro de “Servicios de Mantenimiento y Conservación” por un monto de
$1’731,523.44 (Un millón setecientos treinta y un mil quinientos veintitrés pesos 44/100 m.n.).
e.3 No muestra el total en el rubro de “Servicios Generales” por la cantidad de $13’376,293.33 (Trece millones
trescientos setenta y seis mil doscientos noventa y tres pesos 33/100 m.n.).
e.4 No muestra el total en el rubro de Materiales y Suministros por $13’874,435.93 (Trece millones ochocientos
setenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco pesos 93/100 m.n.).
e.5 No muestra el subtotal en el rubro de “Maquinaria y Equipo Agropecuario Industrial y de Comunicación” por
un importe de $5’786,413.47 (Cinco millones setecientos ochenta y seis mil cuatrocientos trece pesos 47/100
m.n.).
e.6 En la columna de los egresos enero-junio y julio-diciembre de 2010, no refleja el total de los egresos
ejercidos por el periodo indicado.
Por lo anterior se recomienda a la fiscalizada de manera general efectuar una cuidadosa elaboración y
supervisión y muy de manera particular respecto de la elaboración estos anexos, con la finalidad de presentar e
informar a esta entidad superior de fiscalización de manera correcta y oportuna a través de su cuenta pública.
4. Se recomienda realizar las acciones correspondientes para modificar el Decreto de creación, Reglamento
Interior, así como toda la normatividad interna, con el objeto de omitir la palabra “Nacional”, adecuarlos a las
reformas y modificaciones de la Leyes aplicables de conformidad a la naturaleza jurídica de la Entidad
Fiscalizada y estructura organizacional vigente; lo anterior, en virtud de haber verificado que el Decreto por el
que se crea la Universidad Nacional Aeronáutica en Querétaro, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado “La Sombra de Arteaga”, el 23 de noviembre de 2007, su denominación incluye la palabra
“Nacional”, contrario a la publicación del 10 de julio de 2000 en el Diario Oficial de la Federación, del Acuerdo
279 que establece los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de
estudios del tipo superior, en el cual, en su artículo 26 fracción II refiere que los lineamientos de educación
superior se abstendrán de utilizar la palabra nacional en sus denominaciones.
Asimismo, se detectó que el Reglamento Interior de la Universidad Nacional Aeronáutica en Querétaro, no ha
sido modificado, atendiendo a las reformas y modificaciones de las Leyes aplicables a su naturaleza jurídica.

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