Acuerdo por el que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, establece las acciones, medidas y políticas para su operación, derivado de la contingencia de salud pública ante la pandemia 'coronavirus COVID-19'.

Pág. 7542 PERIÓDICO OFICIAL 1 de abril de 2020
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO
INGENIERO CARL HEINZ DOBLER MEHNER, SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO
EN EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN XX DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; ARTÍCULO 4 PÁRRAFO CUARTO DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL
SUSTENTABLE; ARTÍCULO 184 DE LA LEY GENERAL DE SALUD; ARTÍCULO 26 DE
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO; 1, 3, 6, 19
FRACCIÓN V Y 26 DE LA ORGNÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
1, 2, 5 Y 6 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
AGROPECUARIO; Y
C O N S I D E R A N D O
I.- Que la Organización Mundial de la Salud, declaró en fecha 11 de marzo de 2020, que COVID-19, es
considerado como pandemia, luego que el número de países afectados se ha triplicado y hay más de
118,000 casos en el mundo.
II.- De conformidad al Artículo 4 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, la
protección a la salud es un derecho fundamental y ante el impacto de la pandemia de COVID-19, se
considera necesaria la colaboración de las instituciones gubernamentales para coadyuvar para
proteger la salud y del personal que labora en esta Dependencia y de sus usuarios.
III.- Mediante acuerdo emitido por el Secretario de Salud y sancionado por el Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos Andrés Manuel López Obrador, emitido en fecha 24 de marzo del 2020, donde se
expidió el “Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para
la mitigación y control de los riesgos para la salud, que implica la enfermedad por el virus COVID-19”,
el cual establece las medidas preventivas que los sectores público, privado y social, deberán poner en
práctica, destacando la suspensión temporal de las actividades, que involucren la concentración física,
tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor de este acuerdo hasta el 19 de
abril del 2020.
IV.- Mediante publicación de fecha 30 de marzo del 2020, en el “Diario Oficial de la Federación”, se dio
a conocer el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la
epidemia de enfermedad generada por el virus COVID-19.
V.- Mediante Acuerdo publicado en fecha 13 de marzo del 2020, en el Periódico Oficial de Gobierno
del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, se creó el Comité Técnico para la Atención del
COVID-19. Referido como Comité COVID-19.
VI.- Que la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en ejercicio de su facultad
conferida en el Numeral 28 Fracciones I, XI y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; 19 de la Ley
de Salud del Estado de Querétaro, con el fin de salvaguardar la salud de las personas, tuvo a bien
emitir el Acuerdo de Recomendaciones Generales COVID-19, publicado en el Periódico Oficial de
Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, en fecha 18 de marzo del año en curso, el
cual establece aplicar las alternativas o modalidades para la ejecución de actividades laborales a fin de
disminuir las presenciales.

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