Acuerdo relativo a los Oficios DOP-1485-A/2017, DOP-1485-B-A/2017, DOP-1485-C/2017 y DOP-1485-D/2017, suscritos por el Ing. Pedro Noel González Landaverde Secretario Técnico del COPLADEM y Director de Obras Públicas Municipales, relativos a la reasignación de obras autorizadas a través del Decreto por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro Autoriza al Municipio de El Marqués, Qro., a contratar empréstitos para la inversión pública productiva.

Pág. 182 PERIÓDICO OFICIAL 5 de enero de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 24 de noviembre de 2017, el H. Ayuntamiento de El Marqués
aprobó el acuerdo relativo a los Oficios DOP-1485-A/2017, DOP-1485-B-A/2017, DOP-1485-C/2017 y DOP-
1485-D/2017, suscritos por el Ing. Pedro Noel González Landaverde Secretario Técnico del COPLADEM y
Director de Obras Públicas Municipales, relativos a la reasignación de obras autorizadas a través del Decreto
por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro Autoriza al Municipio de El Marqués,
Qro., a contratar empréstitos para la inversión pública productiva, de la forma siguiente:
…“CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 30, FRACCIÓN VII, 129 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; Y EN BASE A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. Que en fecha 18 de agosto de 2017 se publicó en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “ La Sombra
de Arteaga” el Decreto por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro, autoriza al
Municipio de El Marqués, Qro., a Contratar Empréstitos para la inversión pública productiva.
2. Que en su artículo primero, se autorizó al Municipio de El Marqués, Qro., para que a través del Presidente
Municipal y el Síndico Municipal, gestionen y contraten financiamiento con una o varias instituciones
financieras, hasta por la cantidad de $100,000.000.00 (Cien millones de pesos 00/100 M.N.), por un plazo de
hasta 240 meses contados a partir de la primera disposición, cuyo destino será la realización de obras o
actividades que significan inversión pública productiva, en los términos de la Ley de Disciplina Financiera de
las Entidades Federativas y los Municipios.
Las obras o actividades son las serán las siguientes:

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