Acuerdo por el que se publica, el Protocolo de Investigación del Delito de Violencia Familiar con Perspectiva de Género, de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.

6 de enero de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 195
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
MAESTRO ALEJANDRO ECHEVERRÍA CORNEJO, Fiscal General del Estado de Querétaro, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 30
bis de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 3, 6 fracciones I y IV, 12, 13 fracción VII y XXIII de la
Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro; y
C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el deber de las
autoridades en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Que el artículo 4º, párrafo primero del citado ordenamiento, tutela el derecho fundamental de igualdad del varón
y la mujer ante la ley.
Que el Estado Mexicano, ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que buscan garantizar el respeto a la
dignidad e integridad de las mujeres, la igualdad jurídica, así como a la eliminación de la violencia y de todas las
formas de discriminación contra la mujer; entre los más significativos se encuentran la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención Interamericana
para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará).
Que el Estado de Querétaro, a fin de cumplir con los compromisos internacionales adquiridos, ha impulsado la
creación de leyes que incorporan los estándares internacionales de protección de derechos humanos de las
mujeres, entre ellas y la más significativa, la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia, que establece las bases conforme a las cuales los órganos e instituciones públicas del Gobierno del
Estado de Querétaro deben prestar sus servicios en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de
la violencia contra las mujeres, velando por la protección de sus derechos humanos.
Que el 29 de febrero de 2008, se publica en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, la Ley
que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil, Código de Procedimientos Civiles, Código Penal
y Código de Procedimientos Penales, reconociéndose en la exposición de motivos, que la Violencia Familiar es
un problema de salud y políticas públicas, de justicia y un fenómeno social que violenta los derechos humanos
de los integrantes de las familias, resultando indispensable combatirla en todas sus formas.
1
Que mediante estas reformas, se incorpora al Código Penal del Estado, el delito de Violencia Familiar, previsto
y sancionado en los artículos 217 bis, ter, quáter, quintus y sextus del citado ordenamiento.
1
Cfr. Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil, Código de Procedimientos Civiles, Código Penal y Código de
Procedimientos Penales, todos del Estado de Querétaro, 29 de febrero de 2008, periódico oficial “La Sombra de Arteaga”.

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