Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, que determina el número de juzgados de primera instancia en materia civil y especializado en juicios orales mercantiles, en el distrito judicial de Querétaro.

Pág. 3542 PERIÓDICO OFICIAL 2 de febrero de 2018
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, que determina el número de
juzgados de primera instancia en materia civil y especializado en juicios orales mercantiles, en el distrito
judicial de Querétaro.
Considerando
Que es competencia del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro establecer los criterios y las
medidas conducentes para el mejoramiento de la administración de justicia; emitir los acuerdos generales necesarios
para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones; así como determinar el número de juzgados por materia en los
distritos judiciales atendiendo a las necesidades del servicio; y cambiar de adscripción a los jueces y demás
servidores judiciales de las áreas jurisdiccionales.
Que con las reformas al Código de Comercio publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2011
y el 9 de enero de 2012, quedó adicionado el Título Especial “Del Juicio Oral Mercantil”, así como el Título Especial
Bis “Del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral”.
Que con la finalidad de implementar la reforma del juicio oral mercantil, el Poder Judicial del Estado de Querétaro
adaptó salas de audiencia con mobiliario, equipo de audio, video y almacenamiento de datos.
Que en la actualidad, nuestro Estado Mexicano vive un momento histórico en el que, entre otros reclamos, se exige la
resolución pronta, clara, transparente y total de conflictos; por ello, el Estado debe crear instrumentos jurídicos más
sencillos, ágiles y confiables, que privilegien las condiciones d e igualdad entre los gobernados, en un marco de
legalidad, seguridad y respeto de los derechos humanos.
Que con la inclusión del juicio oral mercantil en el Código de Comercio, se pone al servicio de los gobernados y de los
Poderes Judiciales de las Entidades Federativas una herramienta que cumple con las expectativas referidas, ya que
este nuevo procedimiento exige un cambio ideológico y pragmático en los operadores jurídicos del sistema de justicia,
pues tanto jueces, litigantes y justiciables deben conocer su esencia y practicarlo para que comprueben, que el juicio
oral mercantil genera más beneficios que la tramitación de los procesos tradicionales escritos.
Es por ello que, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, con fundamento en el artículo 24
fracción X de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, emite el siguiente:
Acuerdo
Primero. En el distrito judicial de Querétaro existen diez Juzgados Civiles y un Juzgado Especializado en Juicios
Orales Mercantiles; sin embargo, a partir del 1 uno de febrero de 2018 dos mil dieciocho, el Juzgado Noveno de
Primera Instancia Civil, quien solo tendrá competencia territorial en el distrito judicial de Querétaro, en términos del
artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, será competente para conocer de los
juicios en materia oral mercantil contemplados en el Título Especial y en el Título Especial Bis del Código de
Comercio; no obstante lo anterior, continuará conociendo hasta su total conclusión los expedientes ya radicados en el
Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil del mismo distrito.
Segundo: A partir del 1 uno de febrero de 2018 dos mil dieciocho, todas las demandas iniciales que se presenten en
Oficialía de Partes del Poder Judicial del Estado de Querétaro, relativas a juicios orales mercantiles y juicios
ejecutivos mercantiles orales, que deba conocer un juez de primera instancia en el distrito judicial de Querétaro de
conformidad con el título especial de juicio oral mercantil y el título especial bis del juicio ejecutivo mercantil oral,
previstos ambos en el Código de Comercio, serán turnados a tanto al Juzgado de Primera Instancia Especializado en
Juicios Orales Mercantiles como al Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil, en forma aleatoria y equitativa.

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