Acuerdo que modifica su similar de fecha 09 de mayo de 2013 respecto del Asentamiento Humano denominado 'Valle del Milagro', ubicado en la Fracción del predio denominado la Troje del Rancho San Francisco, Municipio de Corregidora, Qro.

8 de diciembre de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 25221
GOBIERNO MUNICIPAL
La que suscribe, Ciudadana, Licenciada Ma. Elena Duarte Alcocer, Secretaria del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I,
IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago
constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 01 (primero) de diciembre de 2017 (dos mil diecisiete),
el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que modifica su similar de fecha 09 de mayo de
2013 respecto del Asentamiento Humano denominado “Valle del Milagro”, ubicado en la Fracción del
predio denominado la Troje del Rancho San Francisco, Municipio de Corregidora, Qro., solicitado por el
Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción V, incisos a) y d) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción VIII, 6 y 9 fracciones I, III y X de la Ley General de Asentamientos
Humanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 90, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136,
137, 138, 139, 141, 144, 145, 146, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 159, 160, 161,162, 163, 164, 178, 179, 180,
181, 184, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 356 y demás relativos del Código Urbano del
Estado de Querétaro vigente; 5, 15, 18 y 25 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del
Municipio de Corregidora, Qro; 15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., corresponde a este H. Ayuntamiento conocer y resolver el Acuerdo que modifica su similar
de fecha 09 de mayo de 2013 respecto del Asentamiento Humano denominado “Valle del Milagro”,
ubicado en la Fracción del predio denominado la Troje del Rancho San Francisco, Municipio de
Corregidora, Qro., solicitado por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), cuyo expediente
administrativo obra en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el número DAC/CAI/075/2017.
A N T E C E D E N T E S
1. Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 09 de Mayo de 2013, el H. Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., aprobó la Autorización de Regularización, Autorización de Nomenclatura, Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización y Venta Provisional de Lotes del asentamiento humano irregular
denominado “Valle del Milagro” ubicado en un predio rústico denominado “la Troje”, de la Comunidad del
Progreso con una superficie de 49,488.88 m2, Municipio de Corregidora, Qro.
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al
gobierno municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el
gobierno del Estado. Por su parte la fracción II del mismo ordenamiento señala que los municipios se
encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que organicen la administración pública
municipal así como para regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
2. Que los artículos 115 fracción V, incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 6, 9 fracciones I, III y X, y; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro; 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 90, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 141,
144, 145, 146, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 159, 160, 161,162, 163, 164, 178, 179, 180, 181, 184, 186,
187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 356 y demás relativos del Código Urbano del Estado de
Querétaro vigente, facultan al Municipio de Corregidora, Qro., para formular, aprobar, administrar, evaluar y
vigilar el cumplimento de los planes o programas municipales de desarrollo urbano; controlar y vigilar el
uso del suelo, otorgar licencias y permisos para uso de suelo y construcción; así como para autorizar y
vigilar el desarrollo de fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios.

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