Acuerdo mediante el cual se autoriza al Municipio de Cadereyta de Montes, Qro., recibir en donación un predio ubicado en camino al Puerto de La Concepción, propiedad de Cleotilde Velázquez Montes. Municipio de Cadereyta de Montes, Qro.

27 de abril de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12429
GOBIERNO MUNICIPAL
Dependencia: Presidencia Municipal
Departamento: Secretaría del H. Ayuntamiento
Área: Administrativo
Oficio No.: PMC/SA/HHMD/175/2018
Asunto: Se Solicita Publicación
Cadereyta de Montes, Querétaro a 18 de Abril del 2018.
El que Suscribe, Prof. Héctor Hugo Mendoza Dinorín, Secretario del H. Ayuntamiento de Cadereyta de
Montes, del Estado de Querétaro y con fundamento en el artículo 47 fracciones IV, V y VII de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hago constar y;
CERTIFICO
Por medio del presente informo a usted referente a la Opinión Técnica respecto a la solicitud de Donación a
favor de municipio, del predio identificado mediante escritura numero 11,852 de fecha 07 de agosto de 2012,
la cual se encuentra protocolizada en la Notaria Pública No. 2, de la demarcación Notarial de Cadereyta de
Montes, e inscrito en el registro público de la Propiedad Cadereyta de Montes bajo el Folio Inmobiliario
00033434/0002 de fecha 11 de febrero de 2015, con clave catastral 040101167122014; ubicado en camino al
Puerto de La Concepción, Cadereyta de Montes, Qro., propiedad de Cleotilde Velázquez Montes, al respecto
me permito informarle lo siguiente:
ANTECEDENTES
De acuerdo al Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población Cadereyta, aprobado en sesión
ordinaria de cabildo en fecha 06 de marzo de 2012, identificada mediante el Acta No. 113-PMC-APB-SOC-
06032012, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el Folio Plan Desarrollo:
00000001/0002 en fecha 08 de Junio de 2012 y publicado en “La Sombra de Arteaga” en fecha 20 de Abril de
2012; dicho predio cuenta actualmente con el uso de suelo Protección Ecológica de Usos Múltiples (PEUM),
referente al plano e03a Zonificación Secundaria.
CONSIDERACIONES LEGALES
De conformidad con lo establecido por el artículo 115 fracción V inciso “d” de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que indica que los Municipios, en los términos de las leyes federales y estatales
relativas, estarán facultados para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su
competencia y de la revisión de los Artículos 350, del Código Urbano para el Estado de Querétaro el cual a la
letra dice:
OPINION TECNICA
Una vez analizados los antecedentes presentados y de conformidad con lo establecido en el instrumento de
Planeación Urbana vigente para la zona, esta Coordinación de Desarrollo Urbano considera VIABLE la
Donación del predio a favor de municipio:
Con las siguientes medidas:
Al Norte: 10.00mt linda con Miguel Martínez Reséndiz.
Al Este: 33.86 mt linda con Cleotilde Velázquez Montes.

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