Acuerdo que fija el Periodo Vacacional de los Trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, correspondiente al primer y segundo periodo del año 2017.

Pág. 12848 PERIÓDICO OFICIAL 21 de julio de 2017
PODER EJECUTIVO
OFICIALÍA MAYOR
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
OFICIALÍA MAYOR
LIC. JOSÉ DE LA GARZA PEDRAZA, OFICIAL MAYOR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 32
FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, 6
FRACCIÓN XVII Y 9 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA OFICIALÍA MAYOR, Y
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 30 de la Ley de Trabajadores del Estado de Querétaro, establece que: “Los trabajadores
que tengan una antigüedad mayor de seis meses de servicio, disfrutarán de dos períodos anuales de
vacaciones, de diez días hábiles cada uno con goce de salario íntegro, en las fechas que al efecto se
señalen; dejándose guardias cuando el servicio no pueda ser interrumpido o para la tramitación de
asuntos urgentes, a juicio del titular de la dependencia respectiva, previa justificación”.
2. El objetivo primordial del presente Acuerdo, es cumplir estrictamente con las prestaciones laborales de
ley y definir ante la ciudadanía con toda anticipación, el periodo en que los trabajadores del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro, gozarán del periodo vacacional para cualquier efecto administrativo
y legal a que haya lugar.
3. Que la Oficialía Mayor a través de la Dirección de Recursos Humanos es la encargada de vigilar el
cumplimiento de las disposiciones legales que rigen las relaciones laborales entre el Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro y los servidores públicos en materia laboral, así como el cumplimiento de los
convenios laborales celebrados por el Ejecutivo.
Por lo expuesto y fundado, la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emite lo siguiente:
ACUERDO
ACUERDO QUE FIJA EL PERIODO VACACIONAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER EJECUTIVO
DEL ESTADO DE QUERÉTARO, CORRESPONDIENTE AL PRIMER Y SEGUNDO PERIODO DEL AÑO
2017.
Artículo Primero. El primer periodo vacacional correspondiente al año 2017 del que gozarán los trabajadores
del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, se compondrá de los días 24, 25, 26, 27, 28, 31 de julio de 2017 y
1, 2, 3 y 4 de agosto 2017.

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