Acuerdo que faculta a la Mtra. María de los Dolores Aguilar Marmolejo, Coordinadora de Desarrollo Educativo de la Secretaría de Educación del Estado de Querétaro, para ejercer las atribuciones que en materia del servicio profesional docente y de evaluación educativa, le confieren a la Secretaría de Educación el artículo 27 fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, la Ley de Educación del Estado de Querétaro, demás leyes y ordenamientos jurídicos, para ser aplicadas en el servicio educativo de Telebachillerato Comunitario.

21 de octubre de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12857
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Lic. José Alfredo Botello Montes, Secretario de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
en ejercicio de las facultades que me confiere lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 27 fracción XVIII, de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
1. Que el reclamo social de mejorar la calidad de la educación básica y media superior se reflejó mediante la
reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el mes de febrero de
2013, se estableció en el artículo 3 que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de
manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la
idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
2. Que para implementar la profesionalización de la función docente, el establecimiento de estándares
mínimos de funcionamiento de las escuelas, el mejoramiento de los planes y programas de estudio, el
fortalecimiento de los programas destinados a mejorar instalaciones, la utilización de las tecnologías de la
información y la comunicación, así como la realización de evaluaciones periódicas de todos los
componentes del sistema educativo, el Congreso de la Unión, publicó el 11 de septiembre de 2013, en el
Diario Oficial de la Federación, respecto de la Ley General de Educación, la Ley del Instituto Nacional para
la Evaluación de la Educación y la Ley General del Servicio Profesional Docente.
3. Que el Congreso del Estado de Querétaro, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos federales en el ámbito educativo local,
expidió la Ley que Reforma, Deroga y Adiciona Diversas Disposiciones de la Ley de Educación del Estado
de Querétaro y de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, mismas que se publicaron
el 12 de marzo de 2014, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, en las
cuales se estableció la obligación de la autoridad educativa local, en el ámbito de su competencia, a
concurrir y coordinar con la Federación, a fin de llevar a cabo las acciones relativas a realizar evaluaciones
para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio profesional docente, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Servicio Profesional Docente y demás disposiciones
aplicables.
4. Que la Ley de Educación del Estado de Querétaro, en el artículo 14 fracciones XI y XIV, regula como
atribución de la autoridad educativa del Estado, participar en las actividades tendientes a realizar
evaluaciones para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio profesional docente,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Servicio Profesional Docente y demás disposiciones
aplicables, además de diseñar y aplicar los instrumentos de evaluación que considere necesarios para
garantizar la calidad educativa en el ámbito de su competencia.
5. Que es atribución del Secretario de Educación, ejercer dentro del ámbito de competencia, acciones que en
materia del servicio profesional docente y de evaluación educativa le confieren las leyes y demás
disposiciones aplicables, de conformidad al artículo 27 fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro.
6. Que mediante el convenio suscrito en fecha 13 de septiembre de 2013, entre la Secretaría de Educación
Pública con la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, se acordó el
establecimiento, operación y apoyo financiero del servicio educativo de Telebachillerato Comunitario en
nuestra entidad, el cual tiene el objeto de contribuir a consolidar los programas de desarrollo de la
educación media superior en la entidad, vinculándola con las necesidades de desarrollo regional, estatal y
nacional.

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