Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos del Programa para Fomentar la Inversión y Generar Empleo (PROFIGE), para el ejercicio fiscal 2018.

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PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Ing. Marco Antonio Salvador Del Prete Tercero, Secretario de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, con fundamento en los artículos 22 fracción XI de la Constitución Política del Estado de
Querétaro, 3, 9, 17, 19 fracción IV, y 25 fracciones I, II, III, XI y XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo el
Estado de Querétaro; 6 fracción III, 16, 17, 52, 53, 54 y 56 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro;
11, 54, 57 fracción I y 104 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 6, 24,
39, 40 y 41 de la Ley Industrial del Estado de Querétaro, artículo 3 apartado A fracción II, 6, 15 fracciones I, II,
III, IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, y
CONSIDERANDO
I. Que la Constitución Política del Estado de Querétaro, establece en los artículos 20 y 22 fracciones XI y XII,
que el Ejecutivo Estatal tiene entre otras atribuciones, promover el desarrollo equilibrado y armónico del Estado
en materia económica, así como planear, participar, conducir, coordinar y orientar el desarrollo integral y
sustentable de la Entidad, fomentando el crecimiento económico, el empleo, y velando por una justa distribución
del ingreso y la riqueza, que permita el ejercicio de la libertad y la dignidad de individuos y grupos sociales.
II. Que en términos de los artículos 3, 19 fracción IV y 25 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, y VIII de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, la Secretaría de Desarrollo Sustentable es la Dependencia del Poder
Ejecutivo del Estado, facultada para regular, promover y fomentar el desarrollo industrial, comercial, minero,
agroindustrial y artesanal del Estado, teniendo entre otras atribuciones, proponer al Gobernador del Estado, las
políticas y programas relativos al fomento de las actividades industriales, agroindustriales, mineras, artesanales,
de abasto y comerciales; dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas de fomento y promoción
económica para el desarrollo de la Entidad; fomentar la creación de fuentes de empleo, impulsando el
establecimiento de pequeña y mediana industria en el Estado, así como la creación de parques industriales y
centros comerciales; proponer al Gobernador del Estado los mecanismos y estímulos económicos y fiscales que
regulen el establecimiento de industrias en el Estado; apoyar la organización, prom oción y coordinación de las
actividades necesarias para lograr un mejor aprovechamiento de los recursos para el desarrollo económico del
Estado; servir como órgano de consulta y asesoría en materia de desarrollo económico, tanto a los organismos
públicos y privados como a las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado; asesorar técnicamente a los
ayuntamientos y a los particulares que lo soliciten, en el establecimiento de nuevas industrias o en la ejecución
de proyectos productivos; y apoyar, en coordinación con la entidad respectiva, los programas de investigación
tecnológica industrial y fomentar su divulgación.
III. Que por su parte, el “Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021” establece en su Eje de Desarrollo
“Querétaro Próspero” el objetivo de impulsar el círculo virtuoso de la inversión, el empleo y la satisfacción de
necesidades de consumo y ahorro de la población queretana a través de atender de manera sustentable las
vocaciones y necesidades económicas regionales, contemplando dentro de su estrategia II.1 “Promoción del
crecimiento económico equilibrado por sectores y regiones del Estado de Querétaro” entre otras líneas de
acción, la relativa a impulsar mecanismos de fomento a la inversión y generación de empleo en el Estado; así
como desarrollar proyectos de infraestructura logística y de conectividad en el Estado.
Asimismo, el “Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021”, en el Eje de Desarrollo “Querétaro con
Infraestructura para el Desarrollo” establece como objetivo impulsar la conectividad y competitividad entre las
regiones desarrollando la infraestructura y el equipamiento que incidan en la mejora de las condiciones de vida
de los queretanos, contemplando dentro de su estrategia III. 1 “Impulso al Desarrollo Sustentable en el Patrón
de Ocupación y Utilización del Territorio Estatal”, entre otras líneas de acción, la de impulsar el uso y aplicación
de la planeación estratégica para el desarrollo de proyectos de infraestructura a largo plazo.
IV. Que de acuerdo al Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal
2018, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” en fecha 19 de
diciembre de 2017, se constituye el gasto social por las erogaciones orientadas a los servicios de salud,
educación, procuración de justicia, asistencia social, concertación, seguridad, cultura, recreación, deporte,
investigación y desarrollo económico; incluyendo la inversión en obras y acciones que determine el titular del
Poder Ejecutivo del Estado, cuyo presupuesto autorizado podrá ser ejercido por los sujetos de la Ley para el
Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, de conformidad con la normatividad aplicable.
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V. Que en la citada publicación oficial del día 19 de diciembre de 2017, dentro de los Anexos al Decreto de
Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2018, se contempló el Listado de
programas presupuestales, con sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados, siendo uno de ellos, el
“Programa de Desarrollo Económico” que prevé como indicadores estratégicos: impulsar el desarrollo de
proyectos productivos de acuerdo a la vocación regional del Estado, Impulsar mecanismos de fomento a la
inversión y generación de empleo en la entidad y reforzar la cultura de emprendimiento en la población.
VI. Que de acuerdo a la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, en su artículo
11, se establece que el proceso de programación consiste en la definición y diseño de los programas y
proyectos necesarios para dar cumplimiento a los objetivos y estrategias previstos en el Plan Estatal de
Desarrollo; siendo preciso señalar que durante la etapa de presupuestación, se distribuirán los recursos que se
aplicarán en la ejecución y cumplimiento de los programas y proyectos derivados de dicho Plan y que asimismo,
los titulares de las dependencias serán responsables del ejercicio presupuestal y del cumplimiento de las metas
y objetivos previstos en sus respectivos programas, conforme a lo dispuesto en esta Ley y los demás
ordenamientos aplicables.
VII. Que en ese contexto, observando lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Planeación del Estado de
Querétaro, que al efecto define a la planeación institucional como el proceso mediante el cual se formularán,
instrumentarán y evaluarán los programas institucionales para atender prioridades y líneas de acción que
determine el Plan Estatal de Desarrollo para los diferentes sectores de la acción gubernamental y con el
propósito de instrumentar un programa que cumpla con los imperativos previstos en la legislación en cita, así
como en las líneas de acción conducentes del Plan Estatal de Desarrollo, es que el Ejecutivo Estatal a través de
la Secretaría de Desarrollo Sustentable, en ejercicio de las facultades competenciales de ley, pondera la
necesidad de implementar el Programa para Fomentar la Inversión y Generar Empleo (PROFIGE), mediante el
cual se promoverá el desarrollo económico estatal mediante la generación de nuevos y mejores empleos y el
otorgamiento de apoyos provenientes de recursos con cargo al presupuesto de egresos del Estado de
Querétaro, a proyectos que fomenten la productividad de las empresas, la creación de mejores empleos e
inversión productiva sustentable, así como el desarrollo y mejoramiento de la infraestructura industrial y
proveeduría de servicios en el Estado.
Dicho programa institucional contemplará en sus lineamientos, el establecimiento de un Comité conformado por
servidores públicos de la propia Dependencia Estatal, con el propósito de evaluar y dictaminar proyectos que
tengan entre otros objetivos, promover en diversos sectores de interés para el Estado, la generación y
conservación de empleo, contribuyendo con ello, al desarrollo económico del Estado.
VIII. Que la Ley Industrial del Estado de Querétaro, señala en su artículo 3 que es la Secretaría de Desarrollo
Sustentable, el órgano facultado para regular, fortalecer y fomentar la actividad industrial. De igual manera el
artículo 39 de dicho ordenamiento legal establece que el Poder Ejecutivo adoptará programas para favorecer la
expansión, el desarrollo, la modernización y la competitividad de la actividad industrial; mejorar el nivel
tecnológico de las empresas y potenciar los servicios, así como la adecuada financiación a la industria.
IX. Que de conformidad con los artículos 3 apartado A fracción I y 14 fracciones I y III del Reglamento Interior
de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La
Sombra de Arteaga” en fecha 14 de agosto de 2015, corresponde a la Dirección de Fomento Industrial de la
Secretaría de Desarrollo Sustentable, entre otras atribuciones, vigilar el cumplimiento de las disposiciones
establecidas en la Ley Industrial del Estado de Querétaro, así como promover el establecimiento e inversión de
la industria en el estado.
X. Que mediante Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de
Arteaga” en fecha 20 de mayo de 2016, el Gobernador del Estado, Francisco Domínguez Servién, facultó al
suscrito para celebrar, en representación del Estado de Querétaro, con instancias federales, estatales y
municipales, así como de los sectores social, privado, académico e internacional, los contratos, acuerdos y
convenios relacionados de manera directa con las atribuciones que a la Secretaría de Desarrollo Sustentable le
confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y demás ordenamientos aplicables.
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Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA PARA FOMENTAR LA
INVERSIÓN Y GENERAR EMPLEO (PROFIGE), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018.
ÚNICO.- Se emiten y autorizan los Lineamientos del Programa para para Fomentar la Inversión y Generar
Empleo (PROFIGE), para el ejercicio fiscal 2018, conforme al siguiente contenido:
I. Objetivos
II. Definiciones
III. Características de los Apoyos del Programa
IV. Monto de Apoyos
V. Criterios
VI. Comité de Evaluación
VII. Beneficiarios y Requisitos
VIII. Criterios de Elegibilidad
IX. Proceso
X. Derechos y Obligaciones
XI. Comprobación y Verificación
XII. Sanciones
XIII. Control y Vigilancia
XIV. Evaluación
XV. Anexos
Artículos Transitorios
CAPITULO I. Objetivos
Artículo 1. El Programa tiene como objetivo general, promover el desarrollo económico estatal mediante la
generación de nuevos y mejores empleos, a través del otorgamiento de apoyos a proyectos que fomenten la
productividad y la competitividad de las empresas, la creación de mejores empleos e inversión productiva
sustentable, el desarrollo y mejoramiento de la infraestructura industrial, comercial y de servicios, el desarrollo
de la Proveeduría Local existente en el estado de Querétaro, así como propiciar la inclusión laboral en el
estado, de adultos mayores, personas que tengan alguna discapacidad motriz, sensorial o mental y personas
privadas de la libertad.
En los proyectos señalados, podrán ser beneficiarios quienes presenten las características indicadas en el
artículo 3, fracción II de los presentes Lineamientos, siempre y cuando contribuyan a la generación de empleos,
a la inversión y/o al incremento de la productividad y competitividad dentro del estado.
Asimismo, el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, a través de sus dependencias y organismos públicos;
así como entidades paraestatales y organismos autónomos podrán solicitar apoyos en términos de los
presentes Lineamientos, tratándose de proyectos de desarrollo y mejoramiento de infraestructura, Proyectos
Estratégicos relacionados con la investigación, innovación y desarrollo tecnológico que se consideren
necesarios para elevar la competitividad y promover el crecimiento económico y sustentable en la entidad.

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