Acuerdo por el que se establece el horario oficial para la recepción de trámites, servicios y documentación externa en la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro.

Pág. 7852 PERIÓDICO OFICIAL 27 de febrero de 2018
COMISIÓN ESTATAL DE INFRAESTRUCTURA
Arq. Fernando G. González Salinas, Coordinador General de la Comisión Estatal de Infraestructura de
Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confiere lo dispuesto por los artículos 2, 3 fracciones II y X, 13
fracciones II y IX de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro; 3 fracción I, 14, 15
fracción II, 18, 23 fracción I y 55 fracciones I y V de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado
de Querétaro, y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro, se
emite el Acuerdo por el que se establece el horario oficial para la recepción de trámites, servicios y
documentación externa en la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro.
C O N S I D E R A N D O
I. Que los artículos 13 fracción II de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro, 18, 23
fracción I, 55 fracciones I y V de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro, me
confieren la función de representar a la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro ante toda clase de
autoridades, organismos, dependencias o particulares, con los poderes de representación legal con facultades
de apoderado general para actos de administración, pleitos y cobranzas; teniendo a mi cargo la administración
de este organismo público descentralizado y estando facultado expresamente para celebrar y otorgar toda clase
de actos y documentos inherentes al objeto del mismo, permitiéndome tomar las medidas pertinentes a fin de
que las funciones de la misma se realicen de manera articulada, congruente y eficaz.
II. Que el 13 de octubre de 2017, fue publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de
Arteaga”, el Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Infraestructura Querétaro; instrumento legal que
modificó y actualizó la estructura orgánica así como las atribuciones de las diferentes unidades administrativas
que integran este organismo público descentralizado.
III. Que el artículo 31 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro, dispone que las
actuaciones del procedimiento administrativo se efectuarán conforme a los horarios que cada dependencia
previamente establezca y publique en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”;
siendo que, en su defecto, serán las comprendidas entre las ocho y las dieciocho horas.
IV. Que el primer párrafo del artículo 38 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro,
establece que los escritos dirigidos a las autoridades administrativas, deberán presentarse directamente en las
oficinas autorizadas para tal efecto.
V. Que los trámites, servicios y la documentación externa que las diferentes autoridades del ámbito Federal,
Estatal y Municipal, así como los ciudadanos presentan en la Comisión Estatal de Infraestructura de Querétaro,
para tratar diversos asuntos, actualmente es recibida en las oficinas de la Secretaría Técnica, correspondiendo
a las demás unidades administrativas de esta Entidad Paraestatal, el seguimiento, respuesta y atención
procedente.

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