Acuerdo emitido por el H. Consejo Directivo por el que se aprueba la tarifa para la venta de agua en bloque del Sistema de Conducción de Acueducto II, a los concesionarios y permisionarios cuando por contingencia, caso fortuito o fuerza mayor no se pueda realizar directamente por aquellos, de manera temporal y hasta por un plazo de veinticuatro meses, de acuerdo al dictamen derivado del análisis de las causas y definición de la temporalidad que determine la Dirección General Adjunta de Operación Técnica, o su similar en la Comisión Estatal de Aguas.

Pág. 12090 PERIÓDICO OFICIAL 7 de julio de 2017
COMISIÓN ESTATAL DE AGUAS

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