Acuerdo por el cual se emiten las Reglas de operación del 'Programa de Desarrollo Turístico Regional del Estado de Querétaro'.

Pág. 12334 PERIÓDICO OFICIAL 17 de mayo de 2019
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE TURISMO
HUGO BURGOS GARCÍA, Secretario de Turismo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en ejercicio de
las facultades que me confieren los artículos 5, 6, 17 y 56 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro; 31
fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
La Ley de Planeación del Estado de Querétaro en sus artículos 17 y 56, señala corresponde a las dependencias
y entidades del Poder Ejecutivo elaborar y autorizar sus respectivos programas institucionales en el marco del
Plan Estatal de Desarrollo, los cuales deben encausarse hacia el logro de los objetivos y prioridades establecidos
en dicha Planeación Estatal.
A fin de materializar lo anterior, la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo del Estado de conformidad con el
artículo 31, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, está facultada para formular y desarrollar
programas locales de turismo, acorde con los planes nacional y estatal de desarrollo
El artículo 57 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro establece que, en la
ejecución del gasto público los sujetos de la ley deberán realizar sus actividades con sujeción a los objetivos y
metas de los programas contemplados en el Presupuesto de Egresos del estado.
En cumplimiento a estas responsabilidades, el Secretario de Turismo del Poder Ejecutivo expidió el Acuerdo que
Autoriza el “Programa de Desarrollo Turístico Regional del Estado de Querétaro”, con la finalidad de fortalecer
las ventajas competitivas de la oferta turística en los destinos turísticos del Estado, fomentar el desarrollo de los
mismo, así como generar condiciones mediante las cuales se aporte al desarrollo turístico de la entidad para
incrementar la actividad en dicho sector.
En el artículo quinto del mencionado Acuerdo, se estableció que la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo,
emitiría las Reglas de Operación del Programa “Programa de Desarrollo Turístico Regional del Estado de
Querétaro”; para la debida ejecución de dicho programa.
Las presentes Reglas de Operación tienen como objetivo hacer del conocimiento a la población susceptible de
ser beneficiario por el “Programa de Desarrollo Turístico Regional del Estado de Querétaro” los Apoyos,
procedimientos y requisitos, de manera que el funcionamiento del mismo se realice de manera eficaz, eficiente y
transparente.
Por lo expuesto tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL “PROGRAMA DE
DESARROLLO TURÍSTICO REGIONAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO”
Artículo 1. Glosario.
Para efecto de las presentes reglas de operación se entenderá por:
Aportación: Recursos complementarios que apoyan la ejecución de un proyecto, proporcionados por los
beneficiarios del mismo, en caso de que así lo contemplen los documentos suscritos.
Apoyos. Recursos económicos y en especie, asignados a los beneficiarios o destinos turísticos que se
otorguen en el marco de este Programa.
Beneficiario: Persona física, moral, entidad de gobierno, organizaciones legalmente constituidas y grupos
organizados de trabajo, que recibe la autorización respecto de su proyecto en términos de las presentes Reglas
de Operación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR