Acuerdo que emite el Programa de Desarrollo Social 'Hombro con Hombro por tu Patrimonio'

5 de enero de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 39
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
AGUSTÍN DORANTES LÁMBARRI, Secretario de Desarrollo Social del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 17 y 56 de la Ley de Planeación del
Estado de Querétaro; 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; y 4 fracción I de la
Considerando
reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, que incluye
alimentación, vestido y vivienda adecuada, así como una mejora continua de las condiciones de
existencia.
2. En su Observación General número 4, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
considera que los gastos personales o del hogar que entraña la vivienda deberían ser de un nivel que no
impidiera ni comprometiere el logro y la satisfacción de otras necesidades básicas; señalando que los
Estados Partes deberán adoptar medidas para garantizar que el porcentaje de los gastos de vivienda
sean conmensurados con los niveles de ingreso.
3. En dicha Observación General, se recomienda a los Estados a crear subsidios de vivienda para los que
no pueden costearse una vivienda, así como formas y niveles de financiación que correspondan
adecuadamente a las necesidades de vivienda.
4. La Relatora Especial sobre la vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de
vida adecuado sobre el derecho de no discriminación, en su Informe A/HRC/10/7/Add.2 sobre México,
dicha Relatoría Especial recomendó que se reoriente la política nacional de vivienda para atender las
necesidades de los pobres, que constituyen la mayoría de la población, haciendo más hincapié en los
aspectos sociales de la vivienda y considerando menos a la vivienda como un sector económico.
5. La Organización Internacional del Trabajo en su recomendación número 115 sobre la vivienda de los
trabajadores, establece que las autoridades deberán financiar los programas de construcción de
viviendas y que los préstamos a los trabajadores deberán poder ser reembolsados a largo plazo, a una
tasa moderada de interés.
personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en dicha Carta Magna y en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte e indica que las normas relativas a estos
derechos se interpretarán, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia,
teniendo las autoridades la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
7. El Plan Estatal de Desarrollo en su Eje Rector I Querétaro Humano, incluye la Estrategia I.5 “Promoción
de vivienda digna sustentable y ordenada para los segmentos de la población más desfavorecidos”, y que
como líneas de acción de dicha estrategia se indican: impulsar la adquisición de vivienda digna para la
población sin acceso a créditos; y promover el ordenamiento territorial sustentable en la entidad, que
incluya a los habitantes de las zonas rural y urbana.
políticas públicas estatales propiciarán las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos
individuales y sociales, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de
oportunidades, así como el abatimiento de la discriminación y la exclusión social, orientadas en todo
momento a dignificar a la persona.
9. Con fecha 11 de mayo de 2009, el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, a través del Comité de
Planeación para el Desarrollo del Estado de Querétaro (COPLADEQ), realizó diversos contratos para la

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