Acuerdo que designa al titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para que, de conformidad con lo previsto en el artículo 7, segundo párrafo de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, funja como fideicomitente del Poder Ejecutivo del Estado, en el Fideicomiso de Inversión, Administración y Garantía Complementaria con carácter de Irrevocable, denominado 'FONDO DE GARANTÍA PARA LAS EMPRESAS DE SOLIDARIDAD DEL ESTADO DE QUERÉTARO' 'FOGAESEQ', en sustitución de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Pág. 5806 PERIÓDICO OFICIAL 24 de marzo de 2017
PODER EJECUTIVO
Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me
confiere lo dispuesto en los artículos 20, 22, fracción XIV y 23 de la Constitución Política del Estado de
Querétaro; 8 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y 7 de la Ley para el Manejo de
los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. Mediante contrato celebrado el 19 de abril de 1993, entre el Gobierno del Estado de Querétaro y el Banco de
Crédito Rural del Centro, S.N.C., se constituyó un Fideicomiso de Inversión, Administración y Garantía
Complementaria con carácter de Irrevocable, denom inado “FONDO DE GARANTÍA PARA LAS EMPRESAS DE
SOLIDARIDAD DEL ESTADO DE QUERÉTARO” al que también se le identifica con las siglas “FOGAESEQ”,
con el objeto de brindar apoyo a productores y organizaciones de productores rurales del Estado de Querétaro,
que cuenten con proyectos productivos viables, para acceder a financiamiento a través de créditos que les
permitan el desarrollo de sus actividades.
2. En fechas 04 de marzo y 11 de octubre de 1999, 24 de mayo de 2001 y 16 de enero de 2012,
respectivamente, se suscribieron convenios modificatorios al fideicomiso mencionado, con el propósito de
ampliar sus fines y precisar los derechos y obligaciones de las partes que en él intervienen.
3. Actualmente, en el fideicomiso referido, participa el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, como
fideicomitente, a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas y como Presidente del Comité Técnico, el
titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario. Cabe destacar que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, dicha dependencia es el órgano
encargado de fomentar la producción e impulsar el desarrollo integral del sector rural en el Estado, atribución
compatible con el objeto del fideicomiso referido.
4. Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, segundo párrafo de la Ley para el Manejo de
los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, la Secretaría de Planeación y Finanzas y/o quien designe el
Gobernador del Estado, serán fideicomitentes del Poder Ejecutivo del Estado.
5. En este sentido, con la intención de cumplir a cabalidad el objeto del fideicomiso y atendiendo a los principios
de celeridad, transparencia, eficiencia y simplificación, que rigen la actuación gubernamental y el gasto público
conforme a la planeación estatal, se considera conveniente designar al titular de la Secretaría de Desarrollo
Agropecuario del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en el cargo de fideicomitente en el Fideicomiso de
Inversión, Administración y Garantía Complementaria con carácter de Irrevocable, denominado “FONDO DE
GARANTÍA PARA LAS EMPRESAS DE SOLIDARIDAD DEL ESTADO DE QUERÉTARO” “FOGAESEQ”, en
sustitución de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones legales señaladas, he tenido a bien expedir el siguiente:

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