Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Unidad de Información Gubernamental para el año 2015.

Pág. 2416 PERIÓDICO OFICIAL 13 de febrero de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
Germán Giordano Bonilla, Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 22 fracción XLI de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y
Finanzas y 1 y 4 del Acuerdo por el que se crea la Unidad de Información Gubernamental del Poder Ejecutivo,
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteag a”, el 9 de
noviembre de 2012, y
Considerando
1. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 de la Ley de Acceso a la Información
Gubernamental del Estado de Querétaro y 1 del Acuerdo por el que se crea la Unidad de Información
Gubernamental del Poder Ejecutivo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro “La Sombra de Arteaga”, el 9 de noviembre de 2012, dicha Unidad es el órgano
desconcentrado adscrito a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, con autonomía técnica y de gestión, encargado de atender las solicit udes de información que
los particulares formulen a las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, en el
marco de la precitada Ley.
2. Que el artículo 4 del acuerdo a que se refiere el párrafo anterior, señala que para contabilizar los plazos y
términos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro y
demás disposiciones legales e instrumentos normativos derivados de la misma, se estará a lo dispuesto
en el calendario que publique la Unidad de Información Gubernamental del Poder Ejecutivo en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, por conducto de la
Secretaría de Planeación y Finanzas.
3. Que en este tenor, se hace necesario establecer el calendario de suspensión de labores para efectos de
la recepción, trámite y resolución de asuntos relacionados con las solicitudes de acceso a la información
pública, de los que deba conocer la Unidad de Información Gubernamental del Poder Ejecutivo.
Con base en lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE SUSPENSIÓN DE LABORES DE LA
UNIDAD DE INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL PARA EL AÑO 2015.
Artículo Único. Para los efectos del cómputo de los plazos y términos previstos en la Ley de Acceso a la
Información Gubernamental del Estado de Querétaro y demás disposiciones legales e instrumentos normativos
derivados de la misma, con relación a los asuntos de la competencia de la Unidad de Información
Gubernamental del Poder Ejecutivo, se considerarán como días inhábiles durante el año 2015:
I. Los sábados y domingos;
II. El uno y dos de enero;
III. El dos de febrero en conmemoración del cinco de febrero;
IV. El dieciséis de marzo en conmemoración del veintiuno de marzo;
V. El dos y tres de abril;

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