Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro por el que se aprueban las modificaciones al procedimiento para el reclutamiento y selección de las personas que realizarán funciones de supervisión, captura/verificación, digitalización y acopio del programa de resultados electorales preliminares.

06 de abril de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10317
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO IEEQ/CG/A/017/18
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO POR EL Q UE SE
APRUEBAN LAS MODIFICACIONES AL PROCEDIMIENTO PARA EL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE LAS
PERSONAS QUE REALIZARÁN FUNCIONES DE SUPERVISIÓN, CAPTURA/VERIFICACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y
ACOPIO DEL PROGRAMA DE RESULTADOS ELECTORALES PRELIMINARES.
ANTECEDENTES
I. Reglamento de elecciones. El siete de se ptiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional
Electoral
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emitió el acuerdo INE/CG661/2016, a través del cual aprobó el Reglamento de Elecciones;
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en esa fecha se
aprobaron los Lineamientos del Programa de Resultados Electorales Preliminares,
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integrados al referido reglamento como
anexo 13; mismos que fueron modificados, el veintidós de noviembre de dos mil diecisiete y catorce de febrero de dos mil
dieciocho mediante acuerdos INE/CG565/2017
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e INE/CG90/2018.
II. Expedición de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. El primero de junio de dos mil diecisiete en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la Ley Electoral del Estado de Querétaro,
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que abrogó la Ley Electoral publicada en el citado periódico el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis, así
como todas sus reformas y las disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en la materia, o que resultaran
contrarias.
III. Inicio del proceso electoral. El primero de septiembre de dos mil diecisiete el órgano superior de dirección del Instituto
Electoral del Estado de Querétaro
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declaró el inicio del proceso electoral ordinario 2017 -2018, en el cual la jornada electoral
debe efectuarse el primero de julio de este año, de conformidad con el artículo sexto transitorio de la Ley Electoral.
IV. Implementación del Programa de Resultados Electorales Preliminares. El treinta de octubre de dos mil diecisiete el
Consejo General del Instituto
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aprobó la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares
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para el proceso electoral. Además, se designó a la Coordinación de Informática como la instancia interna responsable de la
implementación y operación del referido programa.
V. Comisión para el seguimiento a las actividades del proceso electoral ordinario 2017-2018. El treinta de octubre de
ese mismo año el Consejo General aprobó la creación de la Comisión para el seguimiento a las actividades del proceso
electoral ordinario 2017-2018, de carácter transitoria.
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VI. Proceso técnico operativo del PREP. El treinta y uno de enero de dos mil dieciocho
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mediante acuerdo, el Consejo
General aprobó el proceso técnico operativo del PREP.
VII. Procedimiento para el reclutamiento y selección de las personas que ejecutarán el PREP. El veintisi ete de febrero
el Consejo General aprobó el Procedimiento para el Reclutamiento y Selección de las personas que realizarán funciones de
supervisión, captura/verificación, digitalización y acopio del PREP,
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asimismo, aprobó las convocatorias respectivas.
1
En adelante Instituto Nacional.
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En adelante Reglamento. Dicho ordenamiento fue modificado mediante sentencia SUP-RAP-460/2016 y acumulado, así la citada
disposición, las modificaciones y acuerdos respectivos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el trece de septiembre y doce
de diciembre de dos mil dieciséis, respectivamente.
3
En adelante Lineamientos.
4
El cual fue modificado el diecinueve de febrero, mediante acuerdo INE/CG/111/2018.
5
En adelante Ley Electoral.
6
En adelante Instituto.
7
En adelante Consejo General.
8
En adelante PREP.
9
En adelante Comisión.

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