Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que se somete a consideración del órgano de dirección superior la solicitud de ampliaciones y transferencias a partidas presupuestales presentada por la secretaría ejecutiva, correspondiente al segundo semestre de dos mil diecisiete.

9 de febrero de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3849
INSTITUTO ELECTORAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO POR EL QUE SE
SOMETE A CONSIDERACIÓN DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN SUPERIOR LA SOLICITUD DE AMPLIACIONES Y
TRANSFERENCIAS A PARTIDAS PRESUPUESTALES PRESENTADA POR LA SECRETARÍA EJECUTIVA,
CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO SEMESTRE DE DOS MIL DIECISIETE.
ANTECEDENTES
I. Proyecto de presupuesto de egresos y programa operativo anual 2017. El treinta y uno de octubre de dos mil
dieciséis el órgano de dirección superior del Instituto Electoral del Estado de Querétaro 1 mediante acuerdo aprobó el
Proyecto de Presupuesto de Egres os y el Programa Operativo Anual 2017, para su remisión al Titular del Poder Ejecutivo y
a la LVIII Legislatura del Estado de Querétaro.
II. Ajuste al programa operativo anual. El treinta de enero de dos mil diecisiete2 el Consejo General del Instituto3 aprobó el
acuerdo relativo al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2017, asignado por la Legislatura del Estado, así como la
propuesta de ajuste al Programa Operativo Anual 2017.
En el punto de acuerdo tercero de dicha determinación, s e instruyó a la Secretaría Ejecutiva a efecto de que realizara la
solicitud de recursos económicos necesarios para cumplir con las obligaciones del Instituto, en términos del considerando
tercero del citado acuerdo.
III. Financiamiento público. El treinta de enero el Conse jo General aprobó el acuerdo que determinó el financiamiento
público destinado a los partidos políticos durante el ejercicio fiscal 2017.
IV. Ley Electoral del Estado de Querétaro. El primero de junio en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la Ley Electoral del Estado de Querétaro,4 la cual abrogó la Ley Electoral
publicada en el citado periódico el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis, así como todas sus reformas; y las
disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en la materia o que le resultaran contrarias.
V. Solicitud de ampliaciones presupuestales. El veintiocho de noviembre y el veintisiete de diciembre mediante los oficios
SE/2434/17 y SE/3190/17 la Secretaria Ejecutiva solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro ampliaciones y transferencias a partidas presupuestales relativas al segundo semestre de dos mil
diecisiete, para los efectos correspondientes.
VI. Remisión del proyecto de acuerdo al Consejero Presidente. El veintinueve de enero de dos mil dieciocho a través del
oficio SE/552/18, la Secretaría Ejecutiva remitió al Consejero Presidente del Consejo General, el proyecto de acuerdo
correspondiente para los efectos conducentes.
VII. Oficio del Consejero Presidente del Consejo General. El veintinueve de enero del año en curso se recibió en la
Secretaría Ejecutiva el oficio P/095/18, por medio del cual el Consejero Presidente instruyó se convocara a sesión del
Consejo General con la finalidad de someter a su consideración de dicho órgano colegiado la presente determinación.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Estudio de fondo.
I. Disposiciones generales
1. Los artículos 116, párrafo segundo, fracción IV, incisos b) y c) de la Con stitución Política de los Estados Unidos
____________________________________
1 En adelante Instituto.
2 Las fechas que se señalan en lo subsecuente, salvo mención de otro año, corresponden a dos mil diecisiete.
3 En adelante Consejo General.
4 En adelante Ley Electoral.

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