Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro que determina el financiamiento público destinado a los partidos políticos para actividades ordinarias permanentes y específicas, así como para gastos de campaña, y en su caso, para candidaturas independientes durante el 2018.

Pág. 2514 PERIÓDICO OFICIAL 24 de enero de 2018
INSTITUTO ELECTORAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO QUE
DETERMINA EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DESTINADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA
ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES Y ESPECÍFICAS, ASÍ COMO PARA GASTOS DE CAMPAÑA,
Y EN SU CASO, PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTES DURANTE EL 2018.
ANTECEDENTES
I. Acuerdos del Consejo General. El treinta de noviembre de dos mil quince1 y el catorce de enero de dos mil
dieciséis,2 derivado de los resultados obtenidos del proceso electoral ordinario 2014-2015 en la entidad, se
aprobaron los acuerdos del órgano de dirección superior del Instituto Electoral del Estado de Querétaro,3 a
través de los cuales se determinó lo que en derecho correspondió respecto a la inscripción del registro y
financiamiento público de los partidos políticos nacionales Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Encuentro
Social y del Trabajo, ante el propio Instituto, respectivamente, en observancia al acuerdo INE/CG938/2015, en
los que se estableció que las fuerzas políticas de referencia conservarían la acreditación ante este organismo
público local, y recibirían el financiamiento público conducente a partir del inicio del proceso electoral local
ordinario 2017-2018, determinación que fue confirmada en última instancia por la Sala Superior del Tribunal
Electoral de la Federación en los expedientes SUP-JRC-31/2016 y SUP-JRC-32/2016.4
II. Financiamiento público 2017. El treinta de enero de dos mil diecisiete se emitió el acuerdo del Consejo
General que determinó el financiamiento público destinado a los partidos políticos durante el ejercicio fiscal
2017.
III. Registro de partidos políticos locales. El veinticinco de abril y dos de mayo de dos mil diecisiete5 el
Consejo General del Instituto6 otorgó el registro como partidos políticos locales a Convergencia Querétaro y
Querétaro Independiente.
IV. Expedición de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. El primero de junio se publicó en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga la Ley Electoral del Estado de Querétaro,7
que abrogó la Ley Electoral publicada en el citado periódico el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y
seis, así como todas sus reformas y las disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en la materia
o que le resultaran contrarias.
_______________________________________
1
Corresponde a la determinación emitida respecto a los partidos políticos Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Encuentro Social,
consultable en la página de internet siguiente: http://ieeq.mx/contenido/cg/acuerdos/a_04_Dec_
2015_1.pdf.
2 Corresponde a la determinación emitida con relación al Partido del Trabajo, consultable en la página de internet siguiente:
http://ieeq.mx/contenido/cg/acuerdos/a_15_Jan_2016_1.pdf.
3 En adelante Instituto.
4 Dichos medios de impugnación se interpusieron por los partidos políticos Encuentro Social y Movimiento Ciudadano, respectivamente.
5 Las fechas que se señalan en lo subsecuente, salvo mención de otro año, corresponden a dos mil diecisiete.
6 En adelante Consejo General.
7 En adelante Ley Electoral.
24 de enero de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 2515
V. Declaratoria de inicio del proceso electoral. El primero de septiembre el Consejo General declaró el inicio
del proceso electoral ordinario 2017-2018 para la renovación del Poder Legislativo, así como para la integración
de los ayuntamientos que conforman la entidad.
VI. Calendario electoral. El primero de septiembre el Consejo General aprobó el calendario electoral del
proceso electoral ordinario 2017-2018 en el estado de Querétaro,8 observando la resolución INE/CG/386/2017,9
mismo que fue modificado el treinta de octubre en atención al acuerdo INE/CG478/2017.10
VII. Padrón Electoral. El cuatro de septiembre mediante oficio INE/VERFE/5337/17, la Vocal Ejecutiva de la
Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral11 remitió a este Instituto el estadístico del Padrón Electoral
en el Estado con corte al treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, en el que se señaló que el mismo asciende
a 1,539,401 personas inscritas.
VIII. Tope de gastos. El veintinueve de septiembre, el Consejo General aprobó el acuerdo por el cual se
establecieron los topes de gastos en las etapas de respaldo ciudadano, precampaña y campaña para el
proceso electoral ordinario 2017-2018 en el estado de Querétaro.
IX. Proyecto de presupuesto de egresos. El treinta de octubre el Consejo General emitió el acuerdo por el
cual aprobó el proyecto de presupuesto de egresos y programa operativo anual 2018 para su remisión al Titular
del Poder Ejecutivo y a la LVIII Legislatura del Estado, a efecto de que se incluyera en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado; por la cantidad total de $323,845,749.47 (trescientos
veintitrés millones ochocientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y nueve pesos 47/100 M.N.).
Dicho proyecto en el apartado correspondiente estableció el cálculo de financiamiento público a distribuir en el
ejercicio fiscal 2018 para los partidos políticos nacionales con derecho a ello; así como el monto
correspondiente a los partidos políticos locales que obtuvieron su registro ante el Instituto en dos mil diecisiete y
el monto atinente a las candidaturas independientes, de conformidad con la normatividad aplicable. Asimismo,
se ordenó la remisión de dicho proyecto al titular del Poder Ejecutivo, por conducto del Consejero Presidente
del Consejo General, para su inclusión en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, lo
cual se cumplimentó en esa misma fecha.
X. Decreto de Presupuesto de Egresos. El diecinueve de diciembre se publicó en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de
Querétaro para el ejercicio fiscal 2018, en el cual se asignó al Instituto la cantidad de $ 275,695,669.00
(doscientos setenta y cinco millones seiscientos noventa y cinco mil seiscientos sesenta y nueve pesos 00/100
M.N.), para gastos de operación, jubilaciones y pensiones, así como prerrogativas y proceso electoral. En el
apartado conducente se dispuso la cantidad de $101,369,443.27 (ciento un millones trescientos sesenta y
nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos 27/100 M.N.) por concepto de financiamiento público a distribuir
para los partidos políticos con acreditación o registro ante este organismo público local y las candidaturas
independientes.
XI. Remisión a la Secretaría Ejecutiva. El cinco de enero de dos mil dieciocho, por oficio
DEOEPyPP/111/2018, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, Prerrogativas y Partidos Políticos del
Instituto remitió a la Secretaría Ejecutiva el documento denominado “Financiamiento público destinado a los
partidos políticos para actividades ordinarias permanentes y específicas, así como para gastos de campaña, y
en su caso, para candidaturas independientes durante el 2018”, remitiendo copia del mismo al Consejero
Presidente del Consejo General para los efectos conducentes.
_______________________________________
8 En adelante calendario electoral.
9 El veintiocho de agosto, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió la resolución por la que se aprobó ejercer la facultad de
atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, así como
establecer las fechas para aprobación del registro de candidatas y c andidatos por las autoridades competentes para los procesos
electorales locales concurrentes con el proceso electoral federal 2018. Mismo que fue notificado a este organismo el veintinueve de agosto,
a través de la circular INE/UTVOPL/0366/2017.
10 El veinticuatro de octubre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió el acuerdo por el que resolvió ejercer la facultad de
atracción, a fin de fijar criterios de interpre tación, respecto de una fecha única de conclusión por entidad federativa de las precampañas
locales y el periodo para recabar apoyo ciudadano de candidaturas independientes. Mismo que fue notificado a este organismo el
veinticinco de octubre, a través de la circular INE/UTVOPL/515/2017.
11 En adelante Instituto Nacional.

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