Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro por el que se determina lo que en derecho corresponde respecto del dictamen que emite la Comisión Transitoria encargada de llevar a cabo el procedimiento para la designación del funcionariado del Instituto, con relación a la propuesta que realizó el Consejero Presidente atinente a la ratificación del Dr. Juan Rivera Hernández como Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos.

14 de diciembre de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 25685
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO POR EL
QUE SE DETERMINA LO QUE EN DERECHO CORRESPONDE RESPECTO DEL DICTAMEN QUE EMITE LA
COMISIÓN TRANSITORIA ENCARGADA DE LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN
DEL FUNCIONARIADO DEL INSTITUTO, CON RELACIÓN A LA PROPUESTA QUE REALIZÓ EL CONSEJERO
PRESIDENTE ATINENTE A LA RATIFICACIÓN DEL DR. JUAN RIVERA HERNÁNDEZ COMO TITULAR DE LA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS.
ANTECEDENTES
I. Nombramiento de la persona titular de la entonces Coordinación Jurídica. El trece de diciembre de dos mil
trece, la Secretaría Ejecutiva del otrora Instituto Electoral de Querétaro nombró al M. en D. Juan Rivera Hernández
como Coordinador Jurídico del Instituto Electoral de Querétaro.
II. Ratificación de la persona titular de la Coordinación Jurídica. El catorce de enero de dos mil dieciséis, el
órgano de dirección superior del Instituto Electoral del Estado de Querétaro1 ratificó al M. en D. Juan Rivera
Hernández como Coordinador Jurídico del Instituto.
III. Designación de la persona titular de la entonces Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral. El veintidós
de enero de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto,2 designó al M. en D. Juan Rivera Hernández como
Titular de la otrora Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto.
IV. Reglamento de Elecciones. El siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional
Electoral3 emitió el acuerdo INE/CG661/2016, por el cual aprobó el Reglamento de Elecciones, mismo que fue
modificado el veintidós de noviembre de dos mil diecisiete.4
V. Expedición de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. El primero de junio, en el Periódico Oficial del Estado
de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la Ley Electoral del Estado de Querétaro,5 la cual abrogó la Ley
Electoral del Estado de Querétaro publicada en el citado periódico el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y
seis, así como todas sus reformas; además, abrogó las disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en
la materia, o que le resultaran contrarías.
VI. Comisión. El veintiuno de julio, el Consejo General aprobó el acuerdo relativo a la modificación de la estructura
orgánica del Instituto, derivado de la expedición de la Ley Electoral. En esa determinación se modificó la
denominación de la entonces Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, como Dirección Ejecutiva de Asuntos
Jurídicos;6 asimismo, se creó la Comisión Transitoria encargada de llevar a cabo el procedimiento para la
designación del funcionariado del Instituto,7 con el objeto de realizar las designaciones, y en su caso, ratificaciones
necesarias. Dicho órgano colegiado sesionó el cuatro de octubre, para efectos de su instalación.
VII. Designación de consejerías electorales 2017. El doce de septiembre, el Instituto Nacional emitió el acuerdo
INE/CG431/2017, relativo a la designación de las consejerías electorales del Consejo General.
_______________________________________
1 En adelante Instituto.
2 En adelante Consejo General.
3 En adelante Instituto Nacional.
4 Las fechas que se señalan en lo subecuente, salvo mención de otro año, corresponden a dos mil diecisiete.
5 En adelante Ley Electoral.
6 En adelante Dirección Ejecutiva.
7 En adelante Comisión.

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