Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que se ajusta el calendario electoral del proceso electoral ordinario 2017-2018 en el estado de Querétaro, en atención al acuerdo INE/CG478/2017.

10 de noviembre de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 23091
INSTITUTO ELECTORAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR EL QUE SE
AJUSTA EL CALENDARIO ELECTORAL DEL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018 EN EL ESTADO DE
QUERÉTARO, EN ATENCIÓN AL ACUERDO INE/CG478/2017.
ANTECEDENTES
I. Reglamento de Elecciones. El siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Instituto Nacional Electoral1 emitió el acuerdo
INE/CG661/2016, a través del cual aprobó lo relativo al Reglamento de Elecciones, mismo que fue modificado mediante
sentencia SUP-RAP-460/2016 y acumulados.2
II. Expedición de la Ley Electoral del Estadode Querétaro. El primero de junio de dos mil diecisiete,3 en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la Ley Electoral del Estado de Querétaro,4 la
cual abrogó la Ley Electoral del Estado de Querétaro publicada en el citado periódico el cinco de diciembre de mil
novecientos noventa y se is, así como todas sus reformas; además, abrogó las disposiciones legales vigentes de igual o
menor jerarquía en la materia o que resultaran contrarias a la referida Ley.
III. Elaboración del Calendario Ele ctoral 2017-2018. De junio a julio, la Secretaría Ejecutiva, con apoyo de las áreas
operativas y técnicas del Instituto Electoral del Estado de Querétaro,5 elaboraron el proyecto de Calendario Electoral del
proceso electoral ordinario 2017-2018 en el Estado de Querétaro,6 para su remisión al Consejo General del Instituto.7
IV. Resolución INE/CG386/2017. El veintiocho de agosto, el Consejo General del Instituto Nacional emitió la resolución por
la que aprobó ejercer facultad de atracción para ajustar a una fecha única la c onclusión del periodo de precampañas y el
relativo para recabar apoyo ciudadano, as í como establecer las fechas para aprobación del registro de candidatas y
candidatos por las autoridades competentes para los procesos electorales locales concurrentes con el proceso electoral
federal 2018. Dicha determinación fue notificada el veintinueve de agosto, a través de la circular INE/UTVOPL/0366/2017.8
V. Inicio del proceso electoral local. El primero de septiembre, en sesión del Consejo General se realizó la declaratoria del
inicio del proceso electoral ordinario 2017-2018, en el estado de Querétaro, para la renovación del poder legislativo y los
ayuntamientos.
VI. Aprobación del calendario. En esa misma fecha, el órgano de dirección superior del Instituto emitió el acuerdo por el
que se aprobó el calendario electoral del proceso electoral ordinario 2017-2018, en el estado de Querétaro, observando l a
resolución INE/CG386/2017.
VII. Lineamientos para el registro de candidaturas independientes. El dieciocho de septiembre, el Consejo General
aprobó el acuerdo relativo al dictamen que emitió la Comisión Jurídica mediante el cual se aprobó el proyecto de
Lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para el registro de candidaturas independientes en el proceso
electoral ordinario 2017-20189 y anexos consistentes en la c onvocatoria, formatos de manifestación de intención de
aspirantes y especificaciones técnicas para el emblema; en la convocatoria respectiva se dispuso que las actividades que
desarrollarían las personas aspirantes a una candidatura independiente para la obtención de respaldo ciudadano, sería de
treinta días continuos, dentro del periodo del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete al seis de febrero de dos mil
dieciocho.
__________________________________________
1
En adelante Instituto Nacional.
2 El Reglamento de Elecciones, las modificaciones y los acuerdos respectivos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el trece
de septiembre y doce de diciembre de dos mil dieciséis, respectivamente.
3 Las fechas que se señalan en lo subsecuente, salvo mención de otro año, corresponden a dos mil diecisiete.
4 En adelante Ley Electoral.
5 En adelante Instituto.
6 En adelante Calendario.
7 En adelante Consejo General.
8 Dicha determinación fue confirmada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el
expediente SUP-RAP-605/2017 y acumulados.
9 En adelante Lineamientos.

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