Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, relativo a la aprobación del modelo de convenio único que contiene el catálogo de costos estandarizado que permita, en condiciones de equidad para todos los partidos políticos y candidaturas independientes, en su caso, y en todos los municipios, tasar los costos de retiro de la propaganda para la obtención del respaldo ciudadano, de precampaña y campaña electorales, así como la relacionada con medidas cautelares, para el proceso electoral ordinario 2017-2018, en el Estado de Querétaro.

11 de octubre de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 20257
INSTITUTO ELECTORAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO,
RELATIVO A LA APROBACIÓN DEL MODELO DE CONVENIO ÚNICO QUE CONTIENE EL CATÁLOGO DE
COSTOS ESTANDARIZADO QUE PERMITA, EN CONDICIONES DE EQUIDAD PARA TODOS LOS
PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, EN SU CASO, Y EN TODOS LOS
MUNICIPIOS, TASAR LOS COSTOS DE RETIRO DE LA PROPAGANDA PARA LA OBTENCIÓN DEL
RESPALDO CIUDADANO, DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA ELECTORALES, ASÍ COMO LA
RELACIONADA CON MEDIDAS CAUTELARES, PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018,
EN EL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANTECEDENTES:
I. Expedición de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. El primero de junio de dos mil diecisiete,1 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la Ley Electoral del
Estado de Querétaro,2 la cual abrogó la Ley Electoral del Estado de Querétaro publicada en el citado periódico
el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis, así como todas sus reformas; además, determinó
abrogar todas las disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en la materia, o que resultaran
contrarias a la referida ley.
II. Acuerdo del Consejo General. El once de agosto, el órgano de dirección superior del Instituto Electoral del
Estado de Querétaro3 emitió el acuerdo a través del cual autorizó a la Secretaría Ejecutiva la suscripción de los
instrumentos jurídicos necesarios para el proceso electoral ordinario 2017-2018, en esta entidad.
III. Resolución INE/CG386/2017. El veintiocho de agosto, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral4
emitió la resolución por la que aprobó ejercer facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión
del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, así como establecer las fechas para
aprobación del registro de candidatas y candidatos por las autoridades competentes para los procesos
electorales locales concurrentes con el proceso electoral federal 2018. Dicha determinación fue notificada el
veintinueve de agosto, a través de la circular INE/UTVOPL/0366/2017.
IV. Declaratoria de inicio del proceso electoral. El primero de septiembre, en sesión extraordinaria del
Consejo General del Instituto5 se emitió la declaratoria del inicio del proceso electoral ordinario 2017-2018, para
la renovación de la integración del Poder Legislativo y de los dieciocho Ayuntamientos que conforman la
entidad.
V. Calendario Electoral. En esa fecha, el Consejo General aprobó el calendario del proceso electoral ordinario
2017-2018 en el estado de Querétaro, observando la resolución INE/CG386/2017, en el cual se establecieron
los plazos para la obtención de respaldo ciudadano, precampañas y campañas electorales, en los términos
siguientes:
Etapa
Periodo
Fundamento
Obtención de respaldo
ciudadano.
Entre el 24 de octubre de 2017 y 06 de
febrero de 2018.
30 días naturales continuos dentro del
plazo de 106 días.
Precampaña.
Entre el 29 de octubre de 2017 y el 11
de febrero de 2018.
Campaña.
Del 14 de mayo al 27 de junio de 2018.
Darán inicio 48 días naturales
anteriores al día de la elección.
____________________________________________________
1 Las fechas que se señalan en lo subsecuente, salvo mención de otro año, corresponden a dos mil diecisiete.
2 En adelante Ley Electoral.
3 En adelante Instituto.
4 En adelante Instituto Nacional.
5 En adelante Consejo General.

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