Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que se crea la Comisión de Observación y Acompañamiento Electoral, de carácter transitoria, y en cumplimiento al acuerdo INE/CG385/2017, se realizan las adecuaciones al modelo de la convocatoria dirigida a las ciudadanas y ciudadanos mexicanos que deseen participar como observadoras y observadores electorales en el proceso electoral ordinario 2017-2018, en el Estado de Querétaro.

29 de septiembre de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 19203
INSTITUTO ELECTORAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR
EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE OBSERVACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO ELECTORAL, DE
CÁRACTER TRANSITORIA, Y EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO INE/CG385/2017, SE REALIZAN LAS
ADECUACIONES AL MODELO DE LA CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS
MEXICANOS QUE DESEEN PARTICIPAR COMO OBSERVADORAS Y OBSERVADORES ELECTORALES
EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018, EN EL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANTECEDENTES:
I. Reglamento de Elecciones. El siete de septiembre de dos mil dieciséis, mediante acuerdo INE/CG661/2016,
el Consejo General del Instituto Nacional Electoral1 aprobó el Reglamento de Elecciones, como instrumento que
tiene por objeto regular las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales,
así como la operación de los actos y actividades vinculados al desarrollo de los procesos electorales que
corresponde realizar en el ámbito de sus respectivas competencias, al Instituto Nacional y a los organismos
públicos locales de las entidades federativas; dicho instrumento fue modificado por la sentencia SUP-RAP-
460/2016 y acumulados.2
II. Expedición de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. El primero de junio de dos mil diecisiete,3 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la Ley Electoral del
Estado de Querétaro,4 en la cual se dispuso abrogar la Ley Electoral del Estado de Querétaro publicada en el
citado periódico el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis, así como todas sus reformas;
además, determinó abrogar todas las disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en la materia, o
que resultaran contrarias a la referida ley.
III. Acuerdo INE/CG385/2017. El veintiocho de agosto, el Consejo General del Instituto Nacional aprobó el
acuerdo por el que se emitieron las convocatorias para los y las ciudadanas interesadas en acreditarse como
observadoras electorales para los procesos electorales federal y concurrentes 2017-2018 y se aprobó el
modelo que deberán atender los organismos públicos locales de las entidades con elección concurrente para
emitir la convocatoria respectiva. Dicha determinación fue notificada a este organismo público local el dos de
septiembre, a través del oficio P/712/17.
IV. Inicio del proceso electoral 2017-2018. El primero de septiembre, el órgano de dirección superior del
Instituto Electoral del Estado de Querétaro5 declaró el inicio del proceso electoral ordinario 2017-2018.
V. Calendario electoral. En esa misma fecha, el Consejo General del Instituto6 aprobó el acuerdo relativo al
calendario electoral del proceso electoral ordinario 2017-2018 en el estado de Querétaro, observando la
resolución INE/CG386/2017. En dicho instrumento se dispuso que el periodo de recepción de las solicitudes de
acreditación como observadora u observador electoral se llevara a cabo del primero de septiembre de dos mil
diecisiete al treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho.
___________________________________________________
1 En adelante Instituto Nacional.
2 El Reglamento de Elecciones, las modificaciones y los acuerdos respectivos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el trece
de septiembre y doce de diciembre de dos mil dieciséis, respectivamente.
3 Las fechas que se señalan en lo subsecuente, salvo disposición en contrario corresponden a dos mil diecisiete.
4 En adelante Ley Electoral.
5 En adelante Instituto.
6 En adelante Consejo General.

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