Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que se aprueban los formatos de recibos de ingresos por concepto de financiamiento público para actividades ordinarias y específicas de los partidos políticos.

10 de marzo de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5313
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR
EL QUE SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE RECIBOS DE INGRESOS POR CONCEPTO DE
FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA ACTIVIDADES ORDINARIAS Y ESPECÍFICAS DE LOS PARTIDOS
POLÍTICOS.
ANTECEDENTES:
I. Reforma constitucional en materia política-electoral. El diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en
el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
1
en materia política-electoral”.
II. Expedición de las leyes generales. El veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales,
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3
III. Reforma de la Constitución Política del Estado de Querétaro. El veintiséis de junio de dos mil catorce,
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la “Ley que
reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Querétaro
4
en materia
política-electoral”.
IV. Reforma de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. El veintinueve de junio de dos mil catorce, en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, se publicó la “Ley que reforma,
deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Querétaro”.
5
V. Consulta al Instituto Nacional Electoral. El veintitrés de febrero de dos mil quince, mediante oficio
CF/083/15, la Presidenta de la Comisión de Fiscalización del Instituto Electoral del Estado de Querétaro
consultó a la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral qué tipo de comprobantes se debía
solicitar a los partidos políticos que reciben financiamiento público.
VI. Acuerdo INE/CG80/2015. El primero de marzo de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Nacional
Electoral emitió el acuerdo por el que se aprobó el criterio general de interpretación respecto del alcance de los
comprobantes fiscales digitales por internet respecto del otorgamiento del financiamiento público local con
efecto en los estados de Aguascalientes y Tlaxcala.
VII. Observaciones de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro
6
2014. El veintiuno de
septiembre de dos mil quince, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La
Sombra de Arteaga, el “Informe del resultado de la fiscalización superior de la cuenta pública del Instituto
Electoral de Querétaro, ahora denominado Instituto Electoral del Estado de Querétaro
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, correspondiente al
periodo comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2014”. Por su parte, el catorce de octubre de dos mil
dieciséis, en dicho periódico oficial se publicó el informe correspondiente al periodo del primero de julio al treinta
y uno de diciembre de dos mil catorce.
1
En adelante Constitución Federal.
2
En adelante Ley General.
3
En adelante Ley de Partidos.
4
En adelante Constitución Estatal.
5
En adelante Ley Electoral.
6
En adelante Entidad Superior.
7
En adelante Instituto.

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