Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que en cumplimiento a la Sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el Juicio de Revisión Constitucional Electoral identificado con la clave SUP-JRC-555/2015, se modifica el 'Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, que aprueba la impresión de boletas adicionales para representantes de partidos políticos y candidatos independientes ante mesas directivas de casilla, así como la dotación de boletas electorales y material electoral para casillas especiales para el proceso electoral ordinario 2014-2015.'

22 de mayo de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8313
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR EL QUE EN
CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA EMITIDA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL IDENTIFICADO CON
LA CLAVE SUP-JRC-555/2015, SE MODIFICA EL “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO
ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, QUE APRUEBA LA IMPRESIÓN DE BOLETAS ADICIONALES PARA
REPRESENTANTES DE PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS INDEPENDIENTES ANTE MESAS DIRECTIVAS DE
CASILLA, ASÍ COMO LA DOTACIÓN DE BOLETAS ELECTORALES Y MATERIAL ELECTORAL PARA CASILLAS
ESPECIALES PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2014-2015.”
ANTECEDENTES:
I. Reforma electoral. El veintinueve de junio de dos mil catorce se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro La Sombra de Arteaga, la reforma a diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, entre
ellas, las que disponen que corresponde al Instituto Nacional Electoral para los procesos electorales federales y locales, las
reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de impresión de documentos y producción de materiales electorales.
II. Inicio del proceso electoral. El primero de octubre de dos mil catorce, el Consejo General celebró sesión extraordinaria,
en la cual emitió la declaratoria de inicio del proceso electoral ordinario 2014-2015. También en dicha sesión el órgano de
dirección superior aprobó el calendario electoral del proceso electoral ordinario 2014-2015.
III. Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. El veintidós de octubre de dos mil catorce, el Consejo
General del Instituto Nac ional Electoral emitió el Acuerdo INE/CG218/2014, a través del cual se aprobaron los lineamientos
para la impresión de documentos y producción de materiales electorales para los procesos federales y locales, dentro del
cual, se dispuso que la Comisión de Capacitación y Organización Electoral debe recibir el informe que presenten los
Organismos Públicos Locales Electorales sobre la aplicación de los “Lineamientos para la Impresión de Docum entos y
Producción de Materiales Electorales para los Procesos Electorales Federales y Locales”.
IV. Acuerdo del Consejo General sobre la no dotación de boletas a casillas especiales. El dieciocho de febrero del
presente año, se aprobó el Acuerdo relativo a la no dotación de boletas elec torales y demás documentación electoral en
casillas especiales, para el proceso electoral ordinario 2014-2015, tal determinación se adoptó en virtud de que la Ley
Electoral del Estado de Querétaro no prevé los supuestos para determinar a los ciudadanos en tránsito.
V. Oficio de la Secretaría Ejecutiva. Mediante oficio número SE/318/15, y en cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo
del Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificado con la clave INE/CG218/2014, se remitió a dicha autoridad
en medio impreso y magnético, los modelos y fichas técnicas de la documentación y materiales electorales.
VI. Oficio del Instituto Electoral del Estado de Querétaro. Mediante oficio DEOE/121/15, el Director Ejecutivo de
Organización Electoral, informó a la Directora de la Unidad Técni ca de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del
Instituto Nacional Electoral que, e n alcance al oficio DEOE/103/15, se remitieron los modelos y fichas técnicas de la
documentación y materiales electorales a utilizarse por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro en el proceso electoral
ordinario 2014-2015, en cumplimiento a los Lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral.
VII. Contrato atinente a la elaboración y suministro de la docum entación y material electoral. El doce de marzo del
presente año, se celebró el contrato abierto de prestación de servicios para la elaboración y suministro de la documentación
y material electoral, entre el Instituto Electoral del Estado de Querétaro y el organismo público descentralizado de la
administración pública federal denominado “Talleres Gráficos de México”.
VIII. Oficio dirigido al Consejero Presidente. Mediante oficio número INE/VE/0699/2015, signado por la Vocal Ejecutiva de
la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado, se refirió que de conformidad con el oficio número
INE/UTVOPL/1047/2015, suscrito por la Directora de la Unidad Técnica d e Vinculación con los Organismos Públicos
Locales y en atención con lo establecido en el Acuerdo identificado con la clave INE/CG218/2014 y los “Lineamientos para
la impresión de documentos y producción de materiales electorales en los procesos electorales federales y locales”, se
remitieron los comentarios vertidos por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral,
respecto del diseño de material y documentación electoral, con la finalidad de que se apliquen los cambios solicitados o se
justifique plenamente su no incorporación.

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