Acuerdo del Consejo Distrital 06 del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que se aprueba la designación del personal autorizado para el acceso a la bodega electoral y designación de una persona responsable de llevar el control preciso sobre la asignación de los folios de las boletas que se distribuirán a cada mesa directiva de casilla.

Pág. 11740 PERIÓDICO OFICIAL 18 de abril de 2018
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO DISTRITAL 06 DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR EL QUE SE
APRUEBA L A DESIGNACIÓN DEL PERSONAL AUTORIZADO PARA EL ACCESO A LA BODEGA ELECTORAL Y
DESIGNACIÓN DE UNA PERSONA RESPONSABLE DE LLEVAR EL CONTROL PRECISO SOBRE LA ASIGNACIÓN DE LOS
FOLIOS DE LAS BOLETAS QUE SE DISTRIBUIRÁN A CADA MESA DIRECTIVA DE CASILLA.
ANTECEDENTES:
I. Reglamento de Elecciones: El siete de septiembre de dos mil diecisiete el Consejo General d el Instituto Nacional emitió
el acuerdo INE/CG661/2016, a través del cual aprobó el Reglamento, mismo que fue modificado el veintidós de noviembre
de dos mil diecisiete mediante acuerdo INE/CG565/2017.
II. Ley Electoral. El primero de junio de dos mil diecisiete se publicó la Ley Electoral en el Periódico Ofic ial, la cual abrogó la
Ley Electoral de Querétaro, publicada en el citado periódico el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis, así
como sus reformas; además, abrogó las disposiciones legales vigentes de igual o menor jerarquía en la materia, o que
resultaran contrarias a la referida ley.
III. Inicio del proceso electoral. El primero de septiembre de dos mil diecisiete, en sesión del Consejo General se declaró el
inicio del proceso electoral ordinario 2017-2018 para la renovación del Poder Legislativo, así como para los integrantes de
los ayuntamientos que conforman la entidad; asimismo, se hizo del conocimiento de la ciudadanía y partidos políticos la
demarcación territorial de los distritos uninominales y circunscripciones plurinominales, así como de los cargos sujetos a
elección popular.
IV. Calendario electoral: En esa misma fecha el Consejo General emitió el acuerdo por el que se aprobó el calendario
electoral del proceso electoral 2017-2018, observando la resolución INE/CG386/2017; dicha determinación fue modificada
el treinta de octubre de ese año por el órgano de dirección superior del Instituto, en atención al acuerdo INE/CG478/2017.
V. Designación de Consejerías y Secretarías Técnicas. Por acuerdo del Consejo General, aprobado en sesión de
veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete y con fundamento en los artículos 61 fracción V; 80 fracciones I y II y 95
fracción I, de la Ley Electoral de Querétaro, se aprobó la integración de los Consejos Distritales y Municipales, para el
Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
VI. Instalación de Consejos Distritales y Municipales. El diez de diciembre de dos mil diecisiete, se realizó la sesión de
instalación de los veintisiete consejos distritales y/o municipales, para el proceso electoral en comento. Fecha en la que
además se eligió a la presidencia de este Consejo.
CONSIDERANDOS
ÚNICO. Estudio de fondo.
I. Disposiciones Generales
1. Los artículos 116, fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;1 32, párrafos
primero y tercero de la Constitución Política del Estado de Querétaro;2 98, párrafos 1 y 2, y 99, párrafo 1 de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales3 y 52 de la Ley Electoral, disponen que el Instituto es el organismo
público local en la entidad, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, goza de autonomía en su
funcionamiento e independencia en sus decisiones, en los términos previstos en la Constitución Federal, la Constitución
Estatal, la Ley General y las leyes locales, es profesional en su desempeño, cuenta con un órgano de dirección superior
integrado conforme a las leyes, así como que se rige por los principios de certeza, imparcialidad, independencia,
legalidad, máxima publicidad y objetividad.
______________________________
1 En adelante Constitución Federal.
2 En adelante Constitución Estatal.
3 En adelante Ley General.

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