Acuerdo por el que se autoriza permutar la obligación establecida en diversos Acuerdos de Cabildo relativos a autorizaciones del Fraccionamiento Los Huertos, por la transmisión a título gratuito a favor del Municipio de Querétaro, del predio ubicado en el lote 1, manzana 5, Etapa IV, con superficie de 1,479.377m2, del citado Fraccionamiento, Delegación Municipal Epigmenio González. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 2564 PERIÓDICO OFICIAL 24 de enero de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 25 de julio de 2017 dos mil diecisiete, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se autoriza permutar la obligación
establecida en diversos Acuerdos de Cabildo relativos a autorizaciones del Fraccionamiento Los Huertos, por la
transmisión a título gratuito a favor del Municipio de Querétaro, del predio ubicado en el lote 1, manzana 5,
Etapa IV, con superficie de 1,479.377m², del citado Fraccionamiento, Delegación Municipal Epigmenio
González, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II Y V INCISOS A Y D DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2; 30 FRACCIÓN II INCISO A Y D, 30, 38
FRACCIÓN VIII, 180 Y 181 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 12, 156
DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; ARTÍCULO 2225 DEL CÓDIGO CIVIL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; ARTÍCULO 73 DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; 22, 23 PRIMER
PÁRRAFO, 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétar o se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno del aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los Municipios
están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal,
así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales. Por lo que en ejercicio de su autonomía, tiene la facultad de establecer el mecanismo
para promover el ordenamiento de su territorio, así como el uso equitativo y racional del suelo.
3. Que el artículo 156 del Código Urbano del Estado de Querétaro dispone que en todos los desarrollos
inmobiliarios, el desarrollador deberá transmitir gratuitamente al Municipio, el diez por ciento de la superficie
total del predio para equipamiento urbano, mismo que deberá entregarse habilitado para su uso, según el
destino que se asigne.
4. Por tanto, en atención a la solicitud presentada por el C.P. J. Natividad de Jesús Martínez, en su carácter de
representante legal de la persona moral denominada, Desarrollo Habitacional del C entro, S.A. de C.V., quien
pone a consideración realizar una donación a favor del Municipio de Querétaro del predio ubicado en la Etapa
IV manzana 5, lote 01 con superficie de 1,479.377 m2 con uso comercial y de servicios, en el Fraccionamiento
de tipo popular denominado los Huertos, ubicado en la Delegación Epigmenio González, esto con el fin de dar
cumplimiento a la obligación que le fue impuesta en los acuerdos de cabildo de fechas 14 de octubre de 2008,
16 de diciembre de 2008, 10 de febrero de 2009 y 15 de julio de 2015, la Secretaría del Ayuntamiento radicó el
expediente número 161/DAI/2016.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR