Acuerdo por el que se autoriza la Modificación a la Normatividad por Zonificación, respecto del Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS) a 0.68, Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS) a 2.08 y Altura Máxima Permitida, para el predio ubicado en Panamericana N° 903, Colonia Del Valle, Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 18292 PERIÓDICO OFICIAL 15 de septiembre de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 25 de julio de 2017 dos mil diecisiete, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza la Modificación a la
Normatividad por Zonificación, respecto del Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS) a 0.68, Coeficiente de
Utilización de Suelo (CUS) a 2.08 y Altura Máxima Permitida, para el predio ubicado en Panamericana N° 903,
Colonia Del Valle, Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PARRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 3, 27 PRIMER Y
SEGUNDO PÁRRAFO, 30 FRACCIÓN II INCISOS A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN IV Y VI, 319 SEGUNDO
PÁRRAFO, 326, 343, 344 Y 345 DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 14, 20, 25, 28
FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los
Municipios, están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano
Municipal, así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
3. Los Programas Municipales de Desarrollo Urbano deben contener entre otras cosas la Tabla de
Compatibilidades de Uso de Suelo, Coeficientes de Utilización, Ocupación y Absorción de Suelo, altura de
construcción máxima permitida, las medidas necesarias en materia urbana que per mitan la protección al medio
ambiente físico natural, agua, cielo, aire, y las disposiciones necesarias para rescatar y dignificar la imagen
urbana, propiciando la mezcla de usos de suelo.
4. Mediante escritos ingresados en la Secretaría del Ayuntamiento, el 14 de octubre de 2016 y 28 de abril del
2017, por la C. Silvia Francisca Reyes de la Cruz, Apoderada Legal de la empresa denominada “Inter Espacios
Comercializadora” S.A. de C.V., quien solicitó la Modificación a la Normatividad por Zonificación, respecto del
Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS) a 0.68, Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS) de 2.08 y Altura
Máxima Permitida, para el predio ubicado en Panamericana N° 903, Colonia Del Valle, Delegación Municipal
Josefa Vergara y Hernández, radicándose dicha petición en el expediente número 293/DAI/2016.

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