Acuerdo que autoriza la inclusión de Obra Nueva en el Programa Aportaciones Federales para Entidades Federativas (AFEF), del Programa de Obra Anual del Ejercicio 2015. Municipio de El Marqués, Qro.

24 de abril de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 6163
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE
LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de abril de 2015 dos mil quince, el Ayuntamiento de El
Marqués aprobó el Acuerdo que autoriza la inclusión de Obra Nueva en el Programa Aportaciones Federales
para Entidades Federativas (AFEF), del Programa de Obra Anual del Ejercicio 2015, el cual señala:
“…CON FUNDA MENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 37, 39, Y
41, DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL; 30 FRACCIONES I Y VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 28 Y 29 DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
15 DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DE EL MARQUÉS; Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos los Municipios están dotados de autonomía, poseen personalidad jurídica, patrimonio propio y
los ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar las disposiciones administrativas de carácter
general que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. Que el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM) del municipio de El Marqués es
un órgano de planeación con atribuciones y funciones bien delimitadas, encargado de conducir las
estrategias de planeación y consecución de los objetivos para el desarrollo integral del Municipio de El
Marqués.
3. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro el
COPLADEM es el órgano rector del proceso de planeación en el Municipio, de acuerdo a los
lineamientos estatales sobre la materia, en donde el Pres idente Municipal será el responsable de
coordinar este proceso. Asimismo, el artículo 29 del mismo ordenamiento legal señala que las funciones
principales del COPLADEM son:
“I. Operar la acciones derivadas de la políticas y directrices de planeación en el municipio;
II. Coordinar las acciones de planeación del desarrollo a nivel municipal;
III. Promover la participación social en las tareas de planeación;
IV. Elaborar el Plan Municipal de Desarrollo y sus programas con la participación de los diversos sectores
de la sociedad y las dependencias gubernamentales;
V. Llevar a cabo la evaluación del Plan Municipal de Desarrollo;
VI. Fungir como órgano de coordinación con las dependencias de los gobiernos federal y estatal;
VII. Aprobar aquellos programas que impacten en la planeación municipal;
VIII. Elaborar y presentar la propuesta de obra municipal;
IX. Verificar que se realicen las acciones derivadas de los diversos convenios que suscriba el municipio
en materia de planeación, y
X. Promover programas y proyectos especiales en materia de planeación de acuerdo a directrices
dictadas por el presidente municipal.”.

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