Acuerdo por el que se autoriza la celebración de sesiones del Comité Estatal para la Operación del Programa Alerta AMBER en el Estado de Querétaro, bajo la modalidad virtual a distancia, con motivo de la contingencia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Pág. 12778 PERIÓDICO OFICIAL 17 de junio de 2020
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MAESTRO ALEJANDRO ECHEVERRÍA CORNEJO, Fiscal General del Estado de Querétaro, en ejercicio de las
atribuciones que me confieren los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 30
bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, 9, fracción I, 12 y 13, fracción VII de la
Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro; 8, 31, fracción II y XV del Reglamento de la Ley
Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, y 9, fracción I, IV y VII, del Reglamento del Consejo de
la Fiscalía General del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
1. La Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró a la pandemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2
(COVID19), como una emergencia de salud pública de interés internacional y emitió una serie de
recomendaciones para su control.
1
Además, el Consejo de Salubridad General reconoció la epidemia de
enfermedad por el virus SARS-CoV2, COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria.
2
2. La Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitió el 18 de marzo de 2020, Acuerdo
de Recomendaciones Generales COVID-19, mediante el cual estableció la implementación inmediata de acciones
para evitar la propagación del virus.
3. El Consejo Estatal de Seguridad, emitió Acuerdo de fecha 19 de marzo de 2020, en el que dispuso que las
autoridades estatales y municipales en el ámbito de su competencia, determinarán acciones que aseguren
distanciamiento social, para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
3
4. El 24 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federac ión, el Acuerdo por el que se establecen
las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que
implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitido por el Secretario de Salud, de conformidad
con los artículos 181, 183 y 184, de la Ley General de Salud.
5. En dicho Acuerdo se establece que son medidas preventivas, aquellas intervenciones comunitarias definidas
en la “Jornada Nacional de Sana Distancia”, que tienen como objetivo el distanciamiento social para la mitigación
de la transmisión poblacional de virus SARS-CoV2 (COVID-19), disminuyendo así el número de contagios de
persona a persona y por ende el de propagación de la enfermedad, con especial énfasis en grupos vulnerables,
permitiendo además que la carga de enfermedad esperada no se concentre en unidades de tiempo reducidas,
con el subsecuente beneficio de garantizar el acceso a la atención médica hospitalaria para los casos graves.
4
6. El 27 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, el Acuerdo que establece medidas para atender la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2
(COVID-19), en la Fiscalía General del Estado de Querétaro, en el que se destaca que este organismo autónomo
es integrante de los Sistemas Nacional y Estatal de Seguridad Pública, así como del Consejo Estatal de Seguridad
y que la función de investigación y persecución del delito no pueden suspenderse de forma absoluta, a efecto de
garantizar los derechos humanos a la seguridad y acceso a la justicia.
7. El Acuerdo de referencia dispone en su artículo Décimo Sexto, entre otras medidas de prevención, la
consistente en hacer uso de herramientas tecnológicas para la realización de reuniones de trabajo, evitando en
la medida de lo posible el contacto físico.
1
OMS, Alocución de apertura del Director General de la OMS en la rueda de prensa sobre la COVID-19 celebrada el 11 de marzo de 2020,
obtenida de https://www.who.int/es/dg/speeches/detail/who-director-generals-opening-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19---11-
march-2020.
2
Artículo 1º del Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-
19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante
dicha epidemia, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de marzo del 2020.
3
Artículo Décimo del Ac uerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, publicado en el P eriódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, el 19 de marzo de 2020.
4
Cfr. Artículo Primero

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