Acuerdo por el que se Autoriza el Cambio de Uso de Suelo a Comercial y de Servicios (CS), para el predio ubicado en Calle Fray Pedro de Gante no. 81, Fraccionamiento Cimatario, Delegación Centro Histórico. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 18272 PERIÓDICO OFICIAL 15 de septiembre de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 13 de junio de 2017 dos mil diecisiete, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza el Cambio de Uso de Suelo a
Comercial y de Servicios (CS), para el predio ubicado en Calle Fray Pedro de Gante no. 81, Fraccionamiento
Cimatario, Delegación Centro Histórico:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1
FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 25, 28 FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de
sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los
Municipios, están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano
Municipal, así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
3. Los cambios de utilización de suelo y cambios de altura de construcción se refieren a la posibilidad de
modificación de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales, atendiendo a la utilización del suelo
de un predio y a la altura de la edificación del mismo.
4. Mediante escrito ingresado en la Secretaría del Ayuntamiento, el Lic. Jorge Lois Rodríguez, solicita a la
Secretaría del Ayuntamiento el 28 de julio del 2016, la autorización de Cambio de Uso de Suelo de Uso
Habitacional con Densidad de Población de 200 hab/ha (H2) a Uso Comercial y de Servicios (CS), para el
predio ubicado en Calle Fray Pedro de Gante número 81, Fraccionamiento Cimatario, Delegación Centro
Histórico, radicándose dicha solicitud bajo el expediente número 197/DAI/2016.
5. El solicitante acredita la propiedad del predio Mediante la escritura pública número 11,448 de fecha 17 de
diciembre de 2015, pasado ante la fe de la Lic. Alma Delia Alcántara Magos, Notario adscrita a la Notaría
Pública Número 29 de la demarcación notarial de Querétaro, documento Inscrito en el Registro Público de la
Propiedad bajo el Sello Electrónico de Registro, en el Folio Inmobiliario 00063595/0004, se acredita la
propiedad del predio.
De acuerdo con lo señalado en la escritura de propiedad referida, el lote 7, cuenta con una superficie de 160.00
m2, y se identifica con la clave catastral 14 01 001 07 040 014, adicionalmente en la cláusula tercera de la
citada escritura, se señala que se adquiere el lote marcado con el número 7 de la manzana 49 y construcciones
habitacionales sobre el terreno edificadas, lote ubicado en el Fraccionamiento Cimatario.

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