Acuerdo que aprueba modificar el Acuerdo de Cabildo emitido en fecha 17 de febrero del año 2009 en la Quincuagésima Octava Sesión Ordinaria de Cabildo, Punto Siete, Inciso B), que otorga autorización para el cambio de uso de suelo a uso habitacional (H2 (hasta 200 hab/ha.), única y exclusivamente por cuanto corresponde a la superficie con la que cuenta el predio ubicado en Antiguo Camino al Sauz, fracción 1 de la fracción 1 de la Ex Hacienda Grande, del municipio de Tequisquiapan, Querétaro, superficie que conforme a escritura pública corresponde a 14,425.468 m2.

Pág. 12202 PERIÓDICO OFICIAL 10 de mayo de 2019
GOBIERNO MUNICIPAL
DEPENDENCIA: SECRETARÍA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO
SECCION: ACUERDOS DE CABILDO
RAMO: CERTIFICACIONES
N°. DE OFICIO: SGA/1258/2019
El suscrito Ciudadano Licenciado Mario Dorantes Nieto, Secretario General del Ayuntamiento del municipio
de Tequisquiapan, Querétaro, en uso de las facultades que me confieren los artículos 47 fracciones IV y V de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y 19 del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento del
municipio de Tequisquiapan, Querétaro, hago constar y,
C E R T I F I C O
Que mediante Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 25 de abril de 2019, el Honorable Ayuntamiento de
Tequisquiapan, Qro., en el Séptimo Punto inciso a) emitió el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Por UNANIMIDAD con DOCE VOTOS A FAVOR y con fundamento en lo dispuesto por los artículos
115 fracción V inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, 11 y 35 de la
Constitución Política del Estado de Querétaro; 12 y 13 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado
de Querétaro; 11 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 6 fracción II, 7 fracción
XIV, 8, 37 fracción II, 47 fracción IV, 52, 53 fracción III, 54 y 60 de la Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo
Sustentable del Estado de Querétaro; 30 fracción II inciso d), 38 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro; 10 , 13 fracción II, 326 del Código Urbano del Estado de Querétaro; 44, 112 del Reglamento
Interior del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tequisquiapan; SE APRUEBA EL DICTAMEN EN
SENTIDO POSITIVO QUE EMITE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y DE ECOLOGÍA DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEQUISQUIAPAN, QUERÉTARO, POR LO TANTO SE APRUEBA
MODIFICAR EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 17 DE FEBRERO DE 2009 AUTORIZADO EN LA
QUINCUAGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE POR CUANTO VE A LA
SUPERFICIE QUE CONFORME A ESCRITURA PÚBLICA CORRESPONDE A 14,425.468 m2 DE LA
FRACCIÓN UNO DE LA FRACCIÓN UNO DE LA EX HACIENDA GRANDE, EN ESTE MUNICIPIO DE
TEQUISQUIAPAN, QUERÉTARO, AUTORIZANDO DE IGUAL MANERA SE LLEVE A CABO EL REGISTRO
DE LA PROTOCOLIZACIÓN DEL CAMBIO DE USO DE SUELO ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, REALIZANDO LAS ANOTACIONES CORRESPONDIENTES EN EL PLAN
DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE TEQUISQUIAPAN, QUERÉTARO; dictamen
que en este momento se inserta a la letra a partir de su análisis, considerandos, resolutivos y transitorios:
“ANÁLISIS
1.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los municipios se encuentran facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes
de Desarrollo Urbano Municipal, así como el autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de
su competencia, en sus jurisdicciones territoriales. Por lo que en ejercicio de su autonomía, tiene la facultad de
establecer el mecanismo para promover el ordenamiento de su territorio, así como el uso equitativo y racional del
suelo.
2. El Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tequisquiapan se encuentra conformado por los
análisis, estudios, normas técnicas, líneas de acción y disposiciones jurídicas que tienden a regular el uso de
suelo, la conservación, el mejoramiento o la modificación del mismo, siempre y cuando así se permita y el interés
legítimo de los particulares, se encuentre acreditado.

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