Acuerdo que aprueba el dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública Relativo al Dictamen de Racionalización presentado por el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de El Marqués, Qro., para permutar una fracción el Lote número 8, de la Manzana 18, Etapa 4, del Fraccionamiento de tipo industrial 'Parque Industrial, El Marques, Ampliación', ubicado en el kilómetro 195.5 de la Autopista México-Querétaro, El Colorado, Municipio de El Marqués, Qro.

2 de marzo de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 7947
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO
DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 21 de febrero de 2018, el H. Ayuntamiento de El Marqués
aprobó el dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública Relativo al Dictamen de
Racionalización presentado por el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios del Municipio de El Marqués, Qro., para permutar una fracción el Lote número 8, de la Manzana 18,
Etapa 4, del Fraccionamiento de tipo industrial “Parque Industrial, El Marques, Ampliación”, ubicado en el
kilómetro 195.5 de la Autopista México-Querétaro, El Colorado, Municipio de El Marqués, Qro., de la forma
siguiente:
“…DE CONFORMIDAD EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30 FRACCIÓN XII, 38 FRACCIÓN II, 49 Y 50 FRACCION V Y VII
DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 4 FRACCIONES IV, V Y XIII DE LA
LEY DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 14 Y 16 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES,
ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS; Y EN
BASE A LOS SIGUIENTE:
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. - El Patrimonio de los Municipios lo constituyen los bienes de dominio público, los bienes de dominio
privado; los derechos y obligaciones de la Hacienda Municipal, así como todas aquellas obligaciones y
derechos que por cualquier concepto se deriven de la aplicación de las leyes, los reglamentos y la ejecución de
convenios. Bienes y derechos que recaen sobre la propiedad de muebles e inmuebles.
SEGUNDO.- En relación a los servicios que debe prestar el Municipio a la población donde se incluya el uso de
bienes para el objeto que se busca alcanzar, en caso de no contar con los bienes que sean considerados
necesarios para prestar dicho servicio o en su caso satisfacer alguna necesidad, es facultad del Ayuntamiento
aprobar la adquisición de bienes y valores que incrementen el patrimonio del municipio, ya sea mediante
donación, compraventa u otro medio de contratación como lo es la permuta, implicando la desafectación de
dominio público de un bien propiedad del municipio con el objeto de ser permutado por otro de propiedad
privada de un tercero y así poder dar cumplimiento y satisfacción a una necesidad particular, lo anterior en
términos de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de
Querétaro.
El artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del
Estado de Querétaro establece que para satisfacer los requerimientos de inmuebles de los ayuntamientos
existe la posibilidad de que estos puedan adquirir los inmuebles necesarios para cumplir con las funciones del
municipio, bajo la condicionante consistente en que la autorización para la adquisición de los mismos
corresponda a los programas anuales de desarrollo aprobados y no existan inmuebles adecuados destinados al
asunto en particular, propiedad de los ayuntamientos.
Al tratarse de la enajenación de un bien inmueble se tiene que verificar el destino de uso del mismo, con el
objeto de no perjudicar a terceros y en su caso no contravenir lo que disponen los planes de desarrollo urbano
municipal. De la misma forma se verifica que con la enajenación de los mismos se contribuya a un mejor
desarrollo de la zona en que se encuentra ubicado el bien inmueble objeto de esta.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR